Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 17 de Abril de 2023, expediente COM 003183/2019

Fecha de Resolución17 de Abril de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU

DEFENSA c/ PETROLEO BRASILEIRO S.A. Y OTRO s/RECURSO

DE QUEJA (OEX)

Expediente N° 3183/2019/CA01

INFORMO A VVEE: que, dada la imposibilidad de acceder por vía digital en forma íntegra al expediente referido en la presentación precedente, me constituí en el Juzgado Civil y Comercial Federal nro. 9, Secretaría nro. 17,

donde se me permitió tomar contacto con dichas actuaciones, de las cuales resulta que la demanda de apertura de tal proceso –dirigida contra Petroleo Brasileiro SA y contra Petrobras Argentina SA- tuvo por objeto,

centralmente, el mismo que es perseguido en estos autos. En el año 2017, la parte actora desistió de dicha acción, pero no del derecho, agregando la misma parte que sustanciaría su pretensión ante el Tribunal de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, de acuerdo al art. 46 de la ley 26.831, añadiendo que “se mantiene vigente la defensa del colectivo involucrado en la acción colectiva (inversores de acciones de Petróleo Brasilero SA), por lo cual no se da la hipótesis prevista en el art. 52 último párrafo de la ley 24240. El Juzgado entonces interviniente (Juzgado 6, Secretaría 11, de este Fuero Comercial)

tuvo presente el referido desistimiento el 23.6.17. Informó asimismo que,

mediante presentaciones del 13.12.21 y 23.12.21, la actora había manifestado que dejaba sin efecto el desistimiento referido y que readecuaba la demanda “que en otros fueros dio origen a estos actuados”. Invocó el art. 331 del código procesal. A la fecha de este informe, el traslado de la demanda –ordenado el 15.9.22- aún no ha sido notificado. En materia cautelar, ha sido dictada una medida de anotación de litis el 3.3.23. Buenos Aires, 17 de abril de 2023.-

M.R.T.F. de firma: 17/04/2023 P. de Cámara Alta en sistema: 18/04/2023

Firmado por: E.R.M., VOCAL FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU DEFENSA c/ PETROLEO BRASILEIRO S.A. Y OTRO s/RECURSO DE QUEJA (OEX) Expediente CONSUMIDORES

Firmado por: J.V.,N° 3183/2019CA01

JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.R.T., PROSECRETARIO DE CAMARA

Buenos Aires, 17 de abril de 2023.-

Y VISTOS:

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que se dictara nuevo pronunciamiento en relación con el recurso extraordinario federal que había interpuesto la actora contra lo resuelto por la colega Sala B

    el 20.11.19.

    Asignada esta Sala a tal fin, corresponde ahora expedirse sobre dicho recurso con arreglo a lo dispuesto por el aludido Tribunal federal.

  2. 1. En lo que ahora interesa, el Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires rechazó el beneficio de litigar sin gastos que había solicitado la demandante y la intimó al pago de $240.000 en concepto de arancel de arbitraje, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la acción.

    La afectada apeló esa decisión y, denegado ese recurso,

    interpuso la queja cuyo conocimiento fue asignado a la Sala B de esta Cámara.

    Mediante la resolución del 20.11.19, la referida Sala denegó esa queja y declaró abstracto el tratamiento de los restantes recursos interpuestos por dicha parte en los expedientes nros. 15280/2019/RH1 y 16097/2019/RH1.

    2. Contra dicho pronunciamiento, la actora dedujo el recurso extraordinario que autoriza el art. 14 de la ley 48.

    La recurrente sostiene que la resolución referida impide la prosecución del trámite en cuestión, puesto que conduce a tenerla por desistida de la acción principal.

    Sostiene que la sentencia que recurre viola su derecho de defensa y se abstrae, dice también, de la gratuidad que le concede la ley 24240,

    desconociendo la igualdad ante la ley, que es un aspecto que pregona el Reglamento del Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio.

    Como mínimo cabe advertir, dice la actora, una situación de duda, y en tal hipótesis debe prevalecer la mejor situación para el consumidor.

    Fecha de firma: 17/04/2023

    Alta en sistema: 18/04/2023

    Firmado por: E.R.M., VOCAL

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.R.T.,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR