Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 12 de Noviembre de 2019, expediente COM 026210/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA F “CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU DEFENSA c/

CAJA DE VALORES S.A. s/ORDINARIO”

Expediente N° 26210/2018 Buenos Aires, 12 de noviembre de 2019.

Y Vistos:

  1. Interpuso Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa recurso extraordinario en fs. 147/166, contra la resolución dictada por esta Sala el 11 de julio de 2019 (ver fs. 145/146) que -por los mismos fundamentos expuestos en la causa N° 5823/2011 caratulada “Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa c/ Compañía Argentina de Seguros Victoria SA s/ ordinario”- suspendió el trámite del proceso hasta el momento en que se encuentren resueltos los recursos incoados por la actora respecto de la Resolución N° 133/2018 de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción y Trabajo, en la que se dispuso la baja de su inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores.

  2. La recurrente calificó como arbitraria la decisión de este Tribunal en cuanto se sostuvo que la inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Ciudad de Buenos Aires no la habilita para actuar en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, considerando que los fundamentos allí esgrimidos contradicen el criterio que plasmó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “B.” el 4-4-2019. De otro lado, cuestionó la aplicación al caso del art. 12 de la ley 19549.

    Señaló que la resolución recurrida se apartó de la Constitución Nacional (arts. 42, 43 y 129) violando el derecho que ampara a los consumidores.

    Fecha de firma: 12/11/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #32782877#243531847#20191111083627438 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA F Consideró que existe gravedad institucional por las consecuencias que derivarían de esa decisión en relación al colectivo involucrado en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y cuestión federal porque la temática en debate compromete la interpretación de normas constitucionales y federales.

    Finalmente expresó que el fallo atacado desconoció principios de razonabilidad, derecho de propiedad, principio de congruencia, principio de seguridad, de legalidad, derecho a la igualdad, de defensa en juicio y de juez natural.

  3. El planteo de la recurrente cumplimenta los...

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