Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 9 de Abril de 2014, expediente 6109/2014

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2014
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación Sala B Expediente n° 6109/2014 - "CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOC CIVIL PARA SU DEFENSA C/LA EQUITATIVA DEL PLATA SA DE SEGUROS S/ORDINARO S/ INCIDENTE DE RECUSACION CONCAUSA"

Juzgado n°18 - Secretaría n° 35 Buenos Aires, 9 de abril de 2014.

Y VISTOS:

  1. La parte actora recusó con causa a la titular del Juzgado del Fuero n° 18. La juez recusada informó a fs. 2/3 no encontrarse incursa en la causal endilgada. La fiscalía de Cámara consideró que no debía dictaminar (fs.

    8/9).

  2. Invocó el recusante la causal prevista en el cpr 17:4, por haber informado la Sra. Magistrada que tiene asegurado su vehículo y su vivienda con la entidad demandada.

  3. La causal prevista en el inciso 4 del artículo comentado previene la actuación de la jueza interviniente cuando pudiera encontrarse afectada por factores económicos que alteren su ecuanimidad.

    La causal de apartamiento que prevé el cpr 17: 4° contempla la posibilidad de que la actuación del juez se encuentre afectada por intereses económicos susceptibles de crear presiones o favoritismos con relación a cualquiera de las partes (C.J.C.-ClaudioM.K., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, anotado y comentado, Buenos Aires, 2006, T.

    I, pág. 187, apartado IV).

    Sobre esa base se juzgó, en criterio que se comparte, que el sólo hecho de que el magistrado sea cliente de una entidad como la demandada no lo posiciona automáticamente en la calidad de deudor que justificaría su separación del conocimiento de la causa (CNCom. Sala C in re "Banca Nazionale del Lavoro S.A. c/ Medina, P.N. s/ secuestro prendario"

    del 07.04.00 ; id. Sala A in re "Banca Nazionale del Lavoro S.A. c/ V., A.M. s/ secuestro prendario" del 28.4.00; id. Sala integrada in re "D. de B., M.E. c/ Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

    s/ beneficio de litigar sin gastos" del 10.11.06; id. Sala D in re "Gmac Compañía...

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