La consulta popular en La Rioja, un grave riesgo institucional

Una vez más, los riegos de un serio deterioro institucional provienen del interior del país, la provincia de La Rioja, donde su gobierno pretende implantar en los próximos días medidas políticas que afectan el orden constitucional y que solo la intervención oportuna y categórica del tribunal supremo del país podría corregir, tal como aconteció, por ejemplo, en los casos de las provincias de San Luis y Santiago del Estero, entre otras.Algo que resulta impensable e impracticable a nivel nacional, como sería la habilitación de una reforma del sistema de re-reelección de los presidentes y vicepresidentes de la república, se intenta llevar a cabo en La Rioja, con absoluto desapego de los principios básicos de nuestro sistema constitucional y del Estado de Derecho.El carburante político que propulsa tan ambiciosa quimera es la consulta popular prevista para el domingo próximo, con la que se pretendería conferir legitimidad a esa reforma. El artículo 120 de la Constitución provincial, que en esta materia tiene idéntico contenido al artículo 90 de la Constitución nacional (con respecto a presidente y vicepresidente), dispone que no pueden ser elegidos ni el gobernador ni el vicegobernador, en el supuesto de que hayan sido reelegidos o si han ocupado ambos cargos, como es la situación concreta del gobernador Sergio Casas, que ya ha ocupado los dos cargos sucesivamente (de 2011 a 2015 y de 2015 a 2019). No obstante el carácter imperativo de esta directiva constitucional, Casas aspira a habilitar su reelección a gobernador mediante una reforma constitucional exprés, articulando un mecanismo de consulta popular ostensiblemente ilegal, tanto por sus motivaciones como por su implementación.El cúmulo de irregularidades es de tal magnitud que resulta difícil enumerarlas. Ellas abarcan, por ejemplo, la aprobación de la convocatoria de la Legislatura local por alguien no habilitado para ello: la diputada Adriana Olima. Esta circunstancia ha sido denunciada penalmente por el actual vicegobernador y responsable de la función legislativa, que la acusa de la comisión del delito de "usurpación de autoridad, títulos y honores" en concurso real con el delito de "abuso de autoridad". El carácter eminentemente repentista de la enmienda ha dado lugar a una creciente y explicable litigiosidad y ha generado desconcierto sobre las modalidades de su aplicación, en particular la que exige que la compulsa popular se realice en el marco institucional de una elección general...

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