Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 31 de Agosto de 2017, expediente CIV 066610/2010/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2017 |
Emisor | Camara Civil - Sala D |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D Sala “D” - Autos: “Construcciones de Interés Común S. A. c/
Poliza, M.C. y otro s/ Escrituración”
Buenos Aires, de agosto de 2017.
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
I – Viene el expediente a este Tribunal en virtud del recuso de los siguientes recursos de apelación: a) los interpuestos a fojas 499, fojas 501, fojas 503, fojas 505/507, contra la resolución de fojas 494/495, que estableció la base regulatoria en U$S 172.000, convertidos a moneda de curso legal a la fecha del decisorio se fijó en $ 2.500.000 y reguló los honorarios de los doctores I.M. en $ 525.000, el de los doctores I.M., P.P.L. y T.O. –en conjunto y por la incidencia en cuestión –
en $ 50.000, los del doctor P.F.P. en $
245.000 y por dicha incidencia en $ 24.500 y los del ingeniero J.A.P.K. en $ 40.000 y b) los interpuestos a fojas 523 y fojas 525, contra la resolución de fojas 520 que reguló los honorarios del doctor P.P.L. por la presentación de fojas 377/380 en $ 20.000.
Con el escrito de fojas 505/507 el doctor P. en nombre y representación de la demandada, funda el recurso allí interpuesto. Su traslado, conferido a fojas 508, fue contestado a fojas 515/517. Solicita se modifique la decisión de fojas 494/495 en cuanto fija la base regulatoria en U$S 172.000, cuando a tenor de la contestación de fojas 489/480 debió ser de U$S 155.000. Asimismo, considera que los Fecha de firma: 31/08/2017 Alta en sistema: 05/09/2017 Firmado por: P.B.I.-O.O.Á. #12759255#186821729#20170831121752628 emolumentos regulados a los letrados de la parte contraria y al perito resulta elevados y los fijados a su favor bajos.
II – Razones de método conducen en primer término a tratar las quejas expuestas a fojas 505/507 en cuanto cuestiona la base regulatoria fijada por la señora Juez de grado a fojas 494/495, para luego tratar los restantes recursos con relación a los honorarios allí regulados y el establecido a fojas 520.
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Base regulatoria:
De las constancias obrantes en autos, se desprende que a fojas 489/490 el perito ingeniero Jorge A. P.
Kalmar, en oportunidad de responder las impugnaciones de fojas 480/482, efectuadas a la pericia de fojas 461/490, concluyó que, por tratarse una propiedad perimetral, el valor mínimo se fija en U$S 155.000, modificando de esta forma el importe de U$S 172.000 originariamente estimado a fojas 468.
Sin embargo, en atención al tiempo transcurrido, dicho importe, convertido a pesos según el valor actual del dólar oficial...
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