Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 17 de Marzo de 2022, expediente CAF 091198/2017/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV-

Expte. 91198/2017/CA1 “CONSTRUCCIONES FIGUEROA 198 SRL c/

EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA”

Buenos Aires, de marzo de 2022. - MC

VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por resolución del 18/10/21, y frente a la solicitud realizada por Edesur S.A., la Sra. Jueza de grado declaró la caducidad de instancia en las presentes actuaciones en los términos del art. 310, inciso 1º del CPCCN.

  2. ) Que, contra esa decisión, el 22/10/21, la parte actora interpuso recurso de apelación, concedido en relación el 29/10/21, fundado el 9/11/21 y el cual no fuera contestado por la contraria.

  3. ) Que, de las constancias de la causa se desprende que:

    - el 2/7/19, la parte demandada acusó, por primera vez, la caducidad de instancia del presente proceso, conforme el entendimiento de ausencia de impulso procesal de la accionante, desde el 11/2/19 hasta ese momento, no consintiendo impulso posterior a esa fecha, en los términos del art. 310 del Código Procesal.

    - el 14/8/19, la parte actora contestó el traslado que le fuera conferido, en donde esgrimió que había habido un error de la accionada en el cómputo del plazo observado desde el último auto impulsorio, y que, en atención a esa situación, no habían transcurrido de ninguna manera los seis meses que prevé el ritual para que se declare la caducidad de instancia.

    - el 29/10/20, entendiendo que la última actuación en la causa y a la cual le correspondería reconocer el efecto interruptivo fue la del 22/3/19, mediante la cual el juzgado ordenó a las partes aclarar en relación a uno de los medios de prueba por ellos propuesto y de forma previa a proveer las medidas planteadas, la Jueza a quo rechazó el acuse de caducidad de instancia formulado por la parte demandada.

    - el 16/7/21, la parte demandada acusa nuevamente caducidad de instancia en el presente proceso, fundada en la ausencia de impulso procesal de la parte actora, desde el 29/10/20 (rechazo del acuse de caducidad previo) hasta ese momento, no consintiendo impulso posterior a esa fecha, en los términos del art. 310 del código adjetivo.

    - el 6/9/21¸ la demandante contestó el traslado que le fue conferido,

    argumentando que la contraria habría incurrido en un error al momento del cómputo del plazo, y que el nuevo acuse de caducidad de instancia efectuado afectaría el derecho de defensa de esa parte.

    - el 18/10/21, la Sra. Jueza de grado declaró la caducidad de instancia...

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