Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 30 de Abril de 2019, expediente CIV 005396/2018/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
5396/2018. CONSORCIO DE PROPIETARIOS URUGUAY 1130/1134
c/ CARAVANAS SCA (EN LIQUIDACION) s/EJECUCION DE
EXPENSAS
Juz. 79 A.B.
Buenos Aires, de abril de 2019.- MMD
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
-
Contra el pronunciamiento de fs.
77/80 que desestima la excepción de inhabilidad de título opuesta por la emplazada y admite la de prescripción, se alzan ambas partes. La ejecutada funda agravios a fs. 85/87, los que son contestados fs. 89. A su vez, la ejecutante hace lo propio a fs.
92/94, traslado contestado fs. 98/99.
-
Recurso entablado por la ejecutada en orden al rechazo de la excepción de inhabilidad de título:
La accionada se queja, por cuanto a su entender la actora reclama expensas adeudadas por las unidades funcionales 13, 14, 15 y 16 y, sin hacer referencia alguna en el escrito de demanda, agrega un certificado de expensas correspondiente a la UF 6. Se agravia, toda vez que no “debate” (sic) ni ataca el Reglamento de Copropiedad como dice la sentencia, sino el hecho de que la liquidación acompañada no se ajuste al mismo. Y ello es así, por no adecuarse el certificado de deuda al texto de la demanda y al detalle de la liquidación.
Ahora bien, es sabido que la excepción de inhabilidad de título es viable cuando se cuestiona la idoneidad jurídica del título, porque no reúne los requisitos a que está condicionada su fuerza ejecutiva, porque el ejecutado o ejecutante carecen de legitimación procesal, en razón de no ser las personas Fecha de firma: 30/04/2019
Alta en sistema: 02/07/2019
Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
que figuran en el documento como acreedor o deudor (conf. Palacio, Lino “Derecho Procesal Civil”, t.
VIII, p. 424; Fenochietto-Arazi, “Código Procesal”, t.
2, com. art. 544, nº 7, p. 745, esta Sala, “Royal Sperling SA C/ Román, P.C. s/ ejecución de alquileres”, del 30/10/2018).
A partir de ello, de ponderar que en autos la actora reclama el cobro de expensas correspondientes a la UF 7 del Edificio sito en la calle Uruguay 1130/1134, de esta Ciudad, conforme se desprende del escrito de demanda (ver fs. 1/2),
reclamo que se apoya en el certificado de deuda que obra a fs. 4 y liquidación de fs. 5/6 con su aclaración de fs. 38, no se advierte la discrepancia señalada como tampoco que se haya agregado un certificado de...
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