Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 17 de Agosto de 2011, expediente Rc 111564

Presidentede Lázzari-Pettigiani-Negri-Genoud
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2011
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 111.564 "Consorcio Coprop. E.. 53 N° 528 Contra Angulo de La Fuente, C.P. y Otros. Cobro Ejecutivo".

//Plata, 17 de agosto de 2011.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 20 del Departamento Judicial de La Plata, en el marco de un proceso ejecutivo promovido por el Consorcio de Copropietarios del Edificio Castelar de la calle 53 n° 528 de La Plata contra C.P.A. de la Fuente y M.I.F.B. por el cual se reclamara el cobro de expensas impagos, hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título y rechazó la ejecución intentada (fs. 320/323 vta.).

    A su turno, la Sala III de la Cámara Primera de Apelación departamental revocó dicho pronunciamiento, rechazó las excepciones de falta de personería, falta de legitimación activa, inhabilidad de título y deficiencia en la documentación aportada y mandó a llevar adelante la ejecución por la suma de $ 17.426 más los intereses que fijó (fs. 388/395).

    Ante lo así resuelto, el letrado de la demandada, invocando lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial, interpuso recurso extraordinario nulidad (fs. 400/406 vta.) -presentación que fue ratificada por la accionante (fs. 409)- y la alzada lo concedió (fs. 408).

  2. A. respecto, reiteradamente se ha sostenido que las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten, en principio, carácter definitivo en el concepto de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. Ac. 94.378, resol. del...

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