Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 4 de Septiembre de 2023, expediente CIV 009539/2014/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

9539/2014

CONS DE PROP VENEZUELA 451 c/ ZERDA, JORGE

ALBERTO S/SUCESION VACANTE Y OTRO s/EJECUCION

DE EXPENSAS

Buenos Aires, 04 de septiembre de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:

Viene este expediente a fin de entender en el recurso interpuesto el 1/8/2023 y 3/8/2023 frente a la regulación de honorarios practicada el 11/7/2023.

I.L., corresponde señalar que este colegiado ya ha tenido oportunidad de exponer -por mayoría- los argumentos que sostienen la aplicación de la nueva norma arancelaria a todos los asuntos en que no hubiera regulación de honorarios al tiempo de la modificación legislativa (conf. esta Sala,

D.G., Jésica y otro c. C.S.E. y otros s. Daños y perjuicios

, expte. n° 46276/2013, del 04/04/2018, ver aquí).

De manera tal que se procederá conforme las disposiciones de la ley 27.423.

  1. Al ponderar las constancias de autos, se tendrá en cuenta la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión, la naturaleza del asunto y las tareas cumplidas; junto a las demás pautas establecidas en los arts. 1, 3, 16, 20, 21, 29, 34,

51, 54, y concordantes de la ley 27.423.

En tal entendimiento, por entenderlos reducidos, se elevan los honorarios de la Dra. N.R., patrocinante de la parte ejecutante, en la cantidad de 9 UMA que al día de la fecha representa la suma de $174.042.

ASÍ SE DECIDE.

La vocalía número 27 se encuentra vacante.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164,

Fecha de firma: 04/09/2023

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

  1. párrafo del Código Procesal y artículo 64 del Reglamento para la Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de Información Judicial a los fines previstos por las acordadas 15/13 y 24/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

P.M.G.–.J.P.R.

JUECES DE CÁMARA

Fecha de firma: 04/09/2023

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR