Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 19 de Agosto de 2022, expediente CIV 083351/2021/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Agosto de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala D |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D
83351/2021
CONS DE PROP EDIF 25 DEL BARRIO GRAL DIVISION M
SAVIO 5113 c/ MARONE, M.B. Y OTROS
s/EJECUCION DE EXPENSAS
Buenos Aires, de agosto de 2022.- MS
Y Vistos. Considerando:
-
Viene el expediente digital a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio, con fecha 10/03/2022, por la Dra. F.V.L., contra la resolución del día 06/06/2022, que difirió la regulación de sus honorarios hasta tanto se encuentre concluida la ejecución de expensas. Desestimada la revocatoria planteada, el 21/06/2022, corresponde analizar los fundamentos del recurso pendiente.
Se ha sostenido en forma reiterada que, en los juicios ejecutivos, no corresponde efectuar regulaciones parciales, sujetas a posteriores reajustes, salvo, entre otras circunstancias, que el profesional se haya apartado del proceso, o ante la imposibilidad de continuar el trámite de ejecución o la existencia de circunstancias que puedan prolongarla sine die.
Asimismo, el art. 12 de la ley 27.423 establece que, si un profesional se aparta de un proceso o gestión antes de su conclusión normal, puede solicitar regulación provisoria de honorarios, los que se fijarán en el mínimo que le hubiere podido corresponder conforme a las actuaciones cumplidas.
Tal es el caso que nos ocupa, que la letrada apoderada del consorcio, el día 10 de marzo del corriente año,
renunció a su mandato, en virtud del cese del administrador del consorcio actor.
Fecha de firma: 19/08/2022
Alta en sistema: 22/08/2022
Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA
Sin embargo, los mismos tendrán carácter de parciales, en esta etapa en que no se encuentra terminada la ejecución,
sujetos al reajuste pertinente, cuando sea concluida.
En suma, corresponde regular en forma parcial los honorarios de la profesional interviniente.
Por estos fundamentos expuestos, SE
RESUELVE:
admitir los agravios de la Dra. F.V.L. y en consecuencia se dispone que en la instancia de grado se regulen los...
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