Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 5 de Diciembre de 2022, expediente CIV 051440/2015

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

51440/2015 CONS PROP CRAMER 3133/35 c/ BOZZOLI,

G.A. Y OTRO s/ COBRO DE MEDIANERIA

Buenos Aires, de noviembre de 2022.- DL/NR

AUTOS Y VISTOS:

Siendo exacto lo expuesto en el escrito a despacho y teniendo en cuenta las pautas arancelarias esgrimidas en la sentencia de la Sala de fecha 29 de noviembre de 2022, pto. III, se fijan los honorarios del perito consultor técnico de la parte actora Arquitecto R.R.L. en la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000),

equivalente a la cantidad de 3,84 UMA s/ Ac. 25/22 CSJN.

En cuanto a lo solicitado en el punto IV, hágase saber que se incorporó el domicilio electrónico de la mediadora. Respecto de los peritos consultores técnicos, al no estar registrados en el SAU, no se ha podido realizar la carga.

Regístrese, y notifíquese por Secretaría (Acordadas 31/11, 38/13 y 214 de la CSJN). Cumplido, comuníquese al CIJ (Ac.

N° 15/2013 y 24/2013 de la CSJN) y devuélvase.

Fecha de firma: 05/12/2022

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

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