Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 11 de Abril de 2017, expediente CIV 050024/2012

Fecha de Resolución11 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 50024/2012 CONS DE PROP.AV CANNING 1825/27 HOY S.O. c/M.G.L. Y OTRO s/EJECUCION DE EXPENSAS Buenos Aires, de abril de 2017.- FMC AUTOS Y VISTOS:

En atención a los agravios vertidos a fs. 154 por la Dra.

G.M.G., ex letrada apoderada del consorcio ejecutante, en relación con la base regulatoria adoptada en la resolución de fs. 153, corresponde destacar que tanto el consorcio actor –expresamente-

como la ejecutada –a través de su silencio- reconocieron la documentación acompañada a fs. 127/29, de la que surge que en el mes de abril de 2016 ésta última abonó al consorcio la suma de $

116.485 “por juicio de expensas depto. 11° A”.

Si bien a fs. 141 y 150 el consorcio manifiesta que no se firmó convenio alguno entre las partes, lo cierto es que admite que el presente proceso se encuentra concluido. Y dado que los montos oportunamente depositados en autos por la ejecutada ni siquiera fueron retirados por la parte ejecutante, no habiéndose llevado a cabo la etapa de ejecución de sentencia, forzoso es concluir que las partes celebraron algún acuerdo –escrito o no- para darlo por finalizado a través del mencionado pago.

Pese a que el consorcio señala a fs. 150 que la suma consignada en la liquidación de expensas comprende montos y conceptos no reclamados en autos, tanto éste como la demandada guardaron silencio ante el requerimiento de precisiones al respecto ordenado a fs. 151.

Debe interpretarse, pues, que la suma abonada por la ejecutada incluía la totalidad de las expensas adeudadas y sus intereses a esa fecha, los cuales, pese a no haber sido objeto de ampliación y liquidación durante el curso del proceso, deben formar Fecha de firma: 11/04/2017 Firmado por: B.P. BRILLA DE S.A.M.R.O.O.Á., JUECES DE CAMARA #13552195#176003231#20170410124435740 parte de la base regulatoria, en tanto el...

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