Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 2 de Agosto de 2023, expediente CIV 073563/2015/CA002

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2023
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

CONS PROP AV CABILDO 1468/1478 c/ CONS PROP AV VIRREY

ARREDONDO 2436 s/PRUEBA ANTICIPADA

N° 73563/2015

Juzgado N°105

Buenos Aires, 02 de Agosto de 2023.-MMA

AUTOS Y VISTOS:

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 1, 3, 16, 21, 29, 51 y ccds. de la ley 27.423 y acordada CSJN 19/2023, por las labores realizadas, se confirman los estipendios acordados al Dr. D. M. (3 UMA, equivalente a la fecha a $58.014);

ello sin perjuicio de lo que en pesos pudiere corresponder tomando en cuenta el valor del UMA vigente al momento del pago (art 51 Ley 27.423).

Regístrese de conformidad con lo establecido con los arts. 1 de la ley 26.856, 1 de su Decreto Reglamentario 894/2013 y 1, 2 y Anexo de la Acordada 24/13 de la CSJN; a tal fin, notifíquese a las partes por Secretaría. Cumplido ello,

devuélvase a la instancia de grado.

La difusión de la presente resolución se encuentra sometida a lo dispuesto por los arts. 164, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 64 del Reglamento para la Justicia Nacional. En caso de su publicación,

quien la efectúe, asumirá la responsabilidad por la difusión de su contenido.

Se deja constancia que la Vocalía N°32 se encuentra vacante. Fdo. SILVIA

PATRICIA BERMEJO - BEATRIZ ALICIA VERÓN - ADRIÁN EDMUNDO

MARTURET (SECRETARIO).

Fecha de firma: 02/08/2023

Alta en sistema: 03/08/2023

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA

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