Resolución Conjunta Nº 138/2013 y Nº 125/2013

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2013



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

y

MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE INDUSTRIA

Resolución ConjuntaNº 138/2013 y Nº 125/2013Bs. As., 16/8/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0442213/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. ha solicitado a través de las actuaciones citadas en el Visto, los beneficios establecidos por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y la Resolución Nº 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION que instituye el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión.

Que dicho Régimen fue reglamentado por la Resolución Nº 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que asimismo, la firma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. solicitó oportunamente en estas actuaciones la emisión de un certificado de trámite referente a su presentación.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, manifestando que los bienes para los cuales se solicitó el beneficio fueron importados con anterioridad a la obtención del mismo.

Que del Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA surge que el beneficio está destinado a “bienes susceptibles de ser importados”, motivo por el cual aquellos bienes que hayan sido importados a consumo antes de obtener la resolución aprobatoria o el certificado de trámite quedarían inhabilitados para hacerse acreedores de la exención arancelaria.

Que en otras actuaciones donde se ventilaba similar cuestión, se solicitó opinión a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION del ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS respecto de la procedencia del otorgamiento del beneficio quien mediante el Dictamen Nº 103 de fecha 21 de abril de 2006, ha manifestado el impedimento de nacionalizar por segunda vez la mercadería a los efectos del otorgamiento de las franquicias establecidas por el Régimen.

Que conforme surge del pronunciamiento emitido por la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, resulta improcedente proceder al otorgamiento del beneficio previsto en la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a...

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