Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 14 de Abril de 2023, expediente COM 027300/2018/CA001 - CA002

Fecha de Resolución14 de Abril de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala E

27300 / 2018 CONIL PUBLICIDAD S.R.L. c/ ZAMVIAL S.R.L. s/ORDINARIO

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

27300 / 2018 CONIL PUBLICIDAD S.R.L. c/ ZAMVIAL S.R.L.

s/ORDINARIO

Juzg. 3 S.. 5 15-14-13

Buenos Aires, 14 de abril de 2023.-

Y VISTOS:

  1. Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión y tomándose como base regulatoria la fijada por el juez de grado –que no fuera materia de concreta impugnación-, se elevan a 3,15 UMA –CUARENTA Y SIETE MIL

    TREINTA Y OCHO PESOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS

    ($ 47.038,95)- los emolumentos del doctor Oscar H.

    Scarnati y a 3,15 UMA –CUARENTA Y SIETE MIL TREINTA Y

    OCHO PESOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($

    47.038,95)- los del doctor E.A.S., ex patrocinantes de la parte actora (Ley 27.423, arts. 16,

    19, 21, 22, 24, 29 y 51).

    De acuerdo –en lo pertinente-, con las pautas supra merituadas, y ponderando la calidad,

    eficacia y extensión de las labores desarrolladas, se elevan a 6 UMA –OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y

    OCHO PESOS ($ 89.598)- los estipendios del perito Fecha de firma: 14/04/2023

    Alta en sistema: 17/04/2023

    Expte. N° 27300

    Firmado por: A.O.S., VICE PRESIDENTE SEGUNDO

    Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

    2018 1

    Firmado por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    27300 / 2018 CONIL PUBLICIDAD S.R.L. c/ ZAMVIAL S.R.L. s/ORDINARIO

    ingeniero civil H.M.M..

  2. Por disposición de la Ley 27.423,

    correspondería aplicar el art. 47 para fijar los honorarios correspondientes a las labores profesionales cumplidas en incidentes y tercerías, ya sea que éstas tramiten autónomamente o dentro de un mismo juicio.

    Sin embargo, el Decreto N° 1077/17 –de promulgación de la ley arancelaria vigente- observó dicho artículo, lo que conlleva a una falta de norma concreta en materia incidental, a los efectos regulatorios.

    En consecuencia, y a fin de fijar una retribución equitativa en el marco de la nueva ley arancelaria, serán de aplicación las pautas generales establecidas en los artículos 16, 21 y 29 inc. g) de la ley (esta Sala, “Rozboril, M.C. y otro c/ Lan Perú S.A. sucursal Argentina s/ ordinario” del 22/11/18).

    Sentado ello, atento al mérito de la labor profesional cumplida, su calidad, eficacia y extensión, por el incidente resuelto el 26/2/20, con costas a la actora, se elevan a 0,57 UMA –OCHO MIL

    QUINIENTOS ONCE PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS

    ($ 8.511.81)-, los honorarios del doctor Oscar H.

    Scarnati y a 0,57 UMA –OCHO MIL QUINIENTOS ONCE PESOS

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR