Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Marzo de 2014, expediente CAF 029146/2006

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 29.146/2006 “CONICET (EXPTE 7424/98) c/

SPEGAZZINI CARLOS PROPILE LUIS s/

PROCESO DE CONOCIMIENTO” – J.. Nº 6 En Buenos Aires, a los días del mes de marzo del año dos mil catorce, reunidos en acuerdo los Señores Jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal a fin de resolver el recurso de apelación deducido por el demandado contra la sentencia dictada en la causa caratulada “CONICET (expte 7424/98) c/ S.C.P.L. s/ proceso de conocimiento”, Expte N° 29.146/06, y planteado al efecto como tema a decidir si se ajusta a derecho el fallo apelado, el Señor Juez de Cámara, Dr. C.M.G. dice:

  1. El señor juez de primera instancia hizo lugar a la demanda incoada por la parte actora y, en su consecuencia, ordenó al señor C.P.L.S. la devolución de las sumas percibidas indebidamente por haber incurrido en pluriempleo.

    Para así decidir, el magistrado de grado sostuvo que de los propios dichos de la demandada se advertía que el demandado cumplía tareas en el CONICET, en la Universidad del Salvador de Capital y en la Universidad Católica de La Plata. Además, señaló que su dedicación funcional era exclusiva como consecuencia de que “desde el principio fueron asignadas tareas por tres investigadores” (A.L.A., G.R. y N.P..

    Sin embargo, el juez a quo advirtió que sólo se encontraba acreditado el cumplimiento de un tercio de su carga laboral, en virtud de que, de conformidad con lo manifestado por el Dr. L.A., el demandado sólo cumplía tareas en jurisdicción de éste por un tercio de la carga horaria y que, por su parte, el Dr. Ranea manifestó que el Sr. S. nunca había trabajado como personal de apoyo para él ni para el Dr. P.. Notó

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 29.146/2006 “CONICET (EXPTE 7424/98) c/

    S.C.P.L. s/

    PROCESO DE CONOCIMIENTO” – J.. Nº 6 que ello se encontraba corroborado por los informes correspondientes a la evaluación del demandado, del período 1/7/90 al 30/9/00, de los que surgía que únicamente había sido evaluado por el Dr. L.A. quien precisó en forma manifiesta que sólo lo hacía por un tercio del tiempo de prestación de servicio sobre la “dedicación exclusiva” que poseía.

    Así pues, el magistrado de grado concluyó correspondía hacer lugar a la demanda incoada ordenando la devolución de las sumas indebidamente percibidas, habida cuenta de que no había...

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