a. Cumbres Condominio

"Comunícase la constitución de A. CUMBRES CONDOMINIO SOCIEDAD ANONIMA, conforme a las siguientes previsiones: 1º) Socios: Mariano Astoreca , 36 años de edad, casado, argentino, DNI 22.723.020, CUIT 20-22723020-8, domiciliado en manzana 19, casa 5, Barrio Mariano Moreno II, distrito Ciudad, departamento Las Heras, Provincia de Mendoza y Leonardo Astoreca, 33 años de edad, soltero, DNI 24.251.641, CUIT 23-24251641-9, domiciliado en calle Dellepiane 1023 de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, 2º) Fecha del acto constitutivo: 16/09/2.008. 3) Denominación: "A. CUMBRES CONDOMINIO SOCIEDAD ANONIMA". 4º) Domicilio: El domicilio de la sede social se ha fijado en Sarmiento 45, segundo piso, oficina 95, pasaje San Martín, Ciudad de la Provincia de Mendoza. 5º) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: a) Prestar servicios de hotelería en general, explotación de todo tipo de hoteles, hosterías, residenciales, realizar todas las actividades relacionadas en forma directa o indirecta con el turismo y afines, desarrollar las actividades correspondientes a agencias de viajes, en un todo de acuerdo a las normas legales aplicables (ley 18829), sus modificaciones y decretos reglamentarios y resoluciones de la Dirección Nacional de Turismo; b) La adquisición para su construcción, locación, explotación venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos y rurales, la afectación al régimen de prehorizontalidad y la propiedad horizontal y la venta de tierras en lotes u operaciones inmobiliarias celebradas por terceros, todo ello con fines destinados a complejos turísticos habitacionales, actuando por sí o como mandatarios de terceros pudiendo establecer reglamentaciones para su uso y representar contractualmente a los mandantes en actos de disposición o administración de sus derechos; c) La administración y explotación bajo la modalidad que estime conveniente de los complejos turísticos que la sociedad adquiera o construya. El otorgamiento a terceros bajo la modalidad y forma jurídica que se estime conveniente, para que realicen dicha explotación; d) La explotación de complejos turísticos de propiedad de terceros; e) La adquisición, explotación y administración de la modalidad turística denominada "tiempos compartidos" propios o de terceros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR