Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 29 de Abril de 2016, expediente CNT 021920/2012/CA003

Fecha de Resolución29 de Abril de 2016
EmisorSALA V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 21920/2012 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 38987 CAUSA Nº 21.920/2012 - SALA VII - JUZGADO Nº 22 AUTOS: “CONDE G.S. c/ CITYTECH S.A. s/ despido”.

Buenos Aires, 29 de abril de 2016.

VISTO:

Los recursos de apelación deducidos por la letrada de la parte actora (fs. 686)

y por la demandada (fs. 687), quienes estiman bajos y elevados, respectivamente, los honorarios regulados en favor del primero nombrado, por los trabajos realizados en la etapa de ejecución, Y CONSIDERANDO:

El mérito y extensión de las labores desarrolladas, los montos ejecutados y el tiempo insumido en este proceso, atento lo normado por los Arts. 6 y 40 de la Ley 21.839 y 38 de la LO, a juicio del Tribunal, luce adecuada la suma asignada para su retribución, por lo que cabe confirmarla.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados en favor de la representación letrada de la accionante por sus...

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