CONCURSOS Y QUIEBRAS - Nº13-03875905-6 CARATULADOS: “METAL 1 S.A. P/ CONCURSO GRANDE (HOY QUIEBRAS FS. 4825/4829)”

Fecha de la disposición29 de Mayo de 2020

SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 4825/4829 autos Nº 13-03875905-6 caratulados: “METAL 1 S.A. P/ CONCURSO GRANDE (HOY QUIEBRAS FS. 4825/4829)” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 09 de marzo de 2020. AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de METAL 1 S.A., C.U.I.T. Nº 30-65842023-9 inscripta a fs. 1 y 10 del legajo N° 3847 del Registro Público de Sociedades Anónimas, con domicilio social en Calle Pública s/n, Parque Petroquímico, Lujan de Cuyo, Mendoza (art. 63 LCQ). Recaratúlese el expediente por Mesa de Entradas. 3°) Fijar el día QUINCE DE SEPTIEMBRE DE 2020 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el sindico (art. 200 Ley 24522); pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE 2020, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 (art. 200 párrafo Ley 24522). Intimase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24522. Fijar el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE 2020, como fecha hasta la cual deberá presentar el sindico los informes individuales, acompañados del recalculo de los créditos declarados verificados y/o admisibles en la Sentencia de verificación del concurso preventivo, conforme lo establece el art. 202 LCQ. Fijar el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE 2020 como fecha para dictar sentencia de verificación prevista por el art. 36 LCQ. Fijar el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE 2020 como fecha hasta la cual Sindicatura deberá presentar el Informe General (art. 39 LCQ). Fijar el día TRES DE FEBRERO DE 2021 como fecha hasta la cual el deudor y quienes hayan solicitado verificación pueden presentar observaciones al Informe General (art. 40 LCQ). Fijar el día CINCO DE MARZO DE 2021 como fecha hasta la cual los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico. Fijar el día DIECINUEVE DE MARZO DE 2021 como fecha para dictar...

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