CONCURSOS Y QUIEBRAS - CUIJ: 13-00005529-2((011903-14272)) SIGLO XXI S.A. P/ QUIEBRA INDIRECTA

Fecha de la disposición19 de Junio de 2018

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina N°517, 2º piso, Ciudad, Mendoza, (C.P.5.500), se hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 316 se dispuso dejar sin efecto el cronograma fijado en la sentencia de quiebra, fs. 287/289, disp. V.I a IX Y XIII de los autos Nº14.272 caratulados " SIGLO XXI S.A p/ QUIEBRA INDIRECTA se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice a fs. 287/289: "Mendoza, 18 DE DICIEMBRE DE 2017.- AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de SIGLO XXI S. A CUIT N°30-64795120-8, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras (art. 288 y 289 LCQ). Notifíquese por cédula y en papel simple a la Administración Tributaria de Mendoza (art. 26 Cód.Fiscal). … CÓPIESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE por lista (art.26 y 273 ap. 5 LCQ). Fdo. Dr. Pablo González Masanés. Juez.”. A fs. 316: "Mendoza,30 de mayo de 2018: RESUELVO: I...II. Fijar el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DE 2018 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); pudiendo la deudora y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día SIETE DE SEPTIEMBRE DE 2018 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art.35 LCQ (art.200 sexto párrafo Ley 24.522) y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art.279 Ley 24.522. III. Fijar el día CINCO DE OCTUBRE DE 2018 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura los informes individuales y la planilla con el recalculo de los créditos verificados y declarados admisibles en el concurso preventivo de conformidad con lo dispuesto por los art. 202 segundo párrafo y 55 LCQ; dictándose sentencia de verificación de créditos el día VEINTIDOS DE OCTUBRE DE 2018, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). IV. Fijar el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE 2018 como fecha hasta la cual deberá presentar el...

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