Concurso Y Quiebra Nº 6511 de 20 de Abril de 2007

Fecha de la disposición20 de Abril de 2007

Juez de 1º Inst. y 52º Nom. en lo C. y C. Conc. y Soc. Nº 8 Sec. Musso hace saber que en los autos "Montenegro, Hugo Ramón - Quiebra Propia" ( Expte. Nº 1251661/36), por Sentencia Número: 128 del 22 de Marzo del 2007, se resolvió: I) Declarar la quiebra del Sr. Hugo Ramón Montenegro DNI Nº 8.391.619 ( CUIL Nº 20-08391619-3), con domicilio real en calle El Cachalote s/n, Bº General Arenales de esta ciudad de Córdoba....VI) Ordenar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo que dentro del plazo de 24 hs. hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento.VII) Intimar al fallido para que dentro del término de 48hs.cumplimente acabadamente las disposiciones del art. 86 de la L.C.Q., bajo apercib.VIII) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces...XII)...

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