Concurso Oficial
Fecha de publicación | 20 Noviembre 2008 |
Fecha de disposición | 20 Noviembre 2008 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31536 |
CONCURSOS OFICIALES Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Código Aduanero (Ley Nº 22.415, arts. 1013 inc. H) Por ignorarse el domicilio se notifica a la firma que más abajo se Menciona, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer prueba por la inconducta que se indica, bajo apercibimiento de rebeldía, deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (art. 1004 C.A.) -- Fdo.: Dr. MARCELO F.
MINGONE, Jefe (Int.) del Departamento de Procedimientos Legales Aduaneros.
SUMARIO Nº CAUSANTE: INCONDUCTA 13696-196-2006/1 LANCARAX SA. art. 97 Ap. 2º del Código Aduanero AUTORIDAD DEL SUMARIO Abogado CARLOS SERGIO CAZZOLATO, Jefe División Sumarial y Repeticiones, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
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20/11/2008 Nº 17.163/08 v. 20/11/2008 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA La Prefectura Naval Argentina notifica a toda persona física o jurídica con interés legítimo sobre el buque YACYRETA amarrado en la Dársena Sur --muelle Noreste-- del Puerto de Buenos Aires que por Disposición DJPM,DV1.Nº 88/08 conforme Artículo 17 bis Ley 20.094 se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA del citad buque. -- Firmado:
OSCAR ADOLFO ARCE, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.
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20/11/2008 Nº 17399/08 v. 24/11/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA CONCORDIA CORRASE VISTA de todo lo actuado por el término de DIEZ (10) DIAS hábiles administrativos, contados a partir de publicado el presente a las personas que se indican a fin de que presenten su defensa, ofrezcan pruebas y agreguen toda la documental que estuviere en su poder, o en su defecto, la individualizarán indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los términos del artículo 1101 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía conforme el artículo 1105 del citado texto legal, debiendo constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana --art. 1001 del C.A.--, sita en 1º de Mayo Nº 224 de Concordia (E.R.), donde quedarán notificados de pleno derecho de todas las providencias y/o resoluciones que se dictaren, en la forma prevista en el art. 1013, inc. g) del C.A. Quedan Uds.
Debidamente NOTIFICADOS. -- Fdo.: MIGUEL ANGEL SILVA, Administrador, División Aduana Concordia.
S.C. 16...
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