la Concordia Cia Arg de Seguros Sa S/liquid S/incidente de Venta Inmb Ciudad Casilda -santa Fe

Fecha de disposición15 Mayo 2007
Fecha de publicación15 Mayo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31155

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nro.16, a cargo del Juez Subrogante Dr. Gaston M. Polo Olivera, Secretaría nro. 32 a cargo del Dr. Jorge H. Yacante, sito en Callao 635,

PB, de la Y EN EL DIARIO POPULAR.

Buenos Aires, 8 de mayo de 2007.

Rafael F. Bruno, secretario.

e. 14/05/2007 Nº 59.585 v. 18/05/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 45, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. hace saber por dos días que con fecha 27 de abril de 2007 se ha decretado la quiebra de 'INDUSAGRO S.A. S/ QUIEBRA', inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 27 agosto de 1997, bajo el Nº 9182 del Libro 122 Tomo A de Sociedades Anónimas. El presente se libra por mandato de S.S. en los autos caratulado en que me dirijo, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 7 de mayo de 2007.

Rafael F. Bruno, secretario.

e. 14/05/2007 Nº 545.331 v. 15/05/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 46, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B., hace saber por cinco días que con fecha 03 de mayo de 2007 se ha decretado la quiebra en la que me dirigo. El presente se libra por mandato de S.S. en los autos caratulados 'SEGAL DE BRAUN ACOSTA IRMA CELIA S/Quiebra' EXPTE. 34525, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

En Buenos Aires, a los 3 días del mes de mayo de 2007.

Esteban Mariño, secretario.

e. 10/05/2007 Nº 545.141 v. 16/05/2007 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23 a cargo de la Dra.; Julia M Villanueva, Secretaría Nº 46 a cargo del Dr. Mariño, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840, Planta Baja de Capital Federal, en autos caratulados Inquimar SA Industrias Quimicas s/ Quiebra Expte.

Nº 38.752, hace Saber a los interesados que han sido presentados por la Sindicatura el informe final y el proyecto de distribución, habiéndose regulado los honorarios profesionales y que en su parte pertinente dice: '..Buenos Aires, 4 de abril de 2007. 1.- En atención a lo resuelto por el tribunal a fs. 2284/6, agréguese el informe final y proyecto distribución de fondos presentado por la sindicatura. Dado que los honorarios regulados a fs. 1999 sólo incluyeron --para determinar su base-- la venta del inmueble, corresponde proceder a una regulación complementaria a aquella, teniendo en cuenta la liquidación de los bienes muebles. 2.- En consecuencia y en orden a lo dispuesto por los arts. 218, 265 inc. 4º y concordantes de la ley...

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