Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Noviembre de 1998, expediente AC 71572

PresidenteSan Martín-Laborde-Pettigiani-Salas-de Lázzari
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 1998
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á71.572á"Concistre, L.F.F. y otro contra K., H.H.. Daños y perjuicios".

//Plata, 3 de noviembre de 1998.

AUTOS Y VISTO:

Que habiendo cumplido en término el recurrente con la acreditación a que se lo intimara a fs. 30 y encontrándose reunidos los demás requisitos formales, hácese lugar a la queja traída y se declara no ajustada a derecho la decisión que declara desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto a fs. 285 del expediente principal, el que se concede (arts. 280, 4º párr. y 292 del Código Procesal Civil y Comercial y acuerdo 1790).

Que en atención al carácter definitivo de la decisión en examen, toda vez que la perención de la instancia...

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