Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general
Fecha de la disposición | 15 de Febrero de 2016 |
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LUNES 15 DE FEBRERO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXIV - Nº 32
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
CONCESIONES, LICITACIONES,
SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL
4a
Audiencias ............................................. PAG. 1
Notificaciones ............................................. PAG. 1
Licitaciones .................................................. PAG. 4
Compulsas Abreviadas ............................. PAG. 6
Subastas Electronicas ................................. PAG. 7
AUDIENCIAS
MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
AUDIENCIA PÚBLICA AMBIENTAL
Autoridad convocante: Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de
la Provincia de Córdoba. Objeto: Aviso de Proyecto Urbanización “Tres
Cerros” localidad de Río Tercero. Lugar, fecha y hora: Anfiteatro munici-
pal Luis Amaya, Pasaje Vucetich esq. Alcina, Bº centro de la localidad
de Río Tercero de la Provincia de Córdoba, 8 de Marzo de 2016 a las
11 hs. Área de implantación: Se encuentra ubicada al Oeste de Río
Tercero, sobre la margen del río del mismo nombre. Está emplazado a
la altura del km. 5.5 de la Ruta Provincial 6. Lugar, fecha y hora para
tomar vista del expediente: Secretaría de Ambiente y Cambio Climático
de la Provincia de Córdoba, Av. Richieri 2183 Ciudad de Córdoba, hasta
el 7 de Marzo de 2016 a las 20 hs. Plazo de inscripción: Hasta las 11
hs del 6 de Marzo de 2016, en la Secretaría de Ambiente y Cambio Cli-
mático de la Provincia de Córdoba o por correo electrónico a informa-
cionambiental@cba.gov.ar Autoridad de la Audiencia: Lic. Juan Manuel
Ferreyra Más información / Consultas: informacionambiental@cba.gov.
ar y www.leydeambiente.cba.gov.ar/category/audienciaspublicas
2 días - Nº 39088 - s/c - 16/02/2016 - BOE
NOTIFICACIONES
DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL
INSTRUCCIÓN DE SUMARIO
Córdoba, 16 de noviembre de 2015 - C. PALACIO Y CIA. S.R.L. - De las
constancias obrantes en el expediente Nº 0562-001947/2015 tramitado
en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge
que el contribuyente C. PALACIO Y CIA. S.R.L., CUIT N° 30-70341603-
5, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270-
17298-9, con domicilio tributario en calle Baradero N° 2259 y domi-
cilio constituido mediante Acta A.1. N° 1-007.879 de fecha 29/11/2012
en calle Pablo J. Rodríguez N° 828, ambos de la ciudad de Córdoba,
provincia de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que
resulta obligado conforme al artículo 46 del Código Tributario de la Pro-
vincia de Córdoba -Ley N° 6006 t.o. 2015-, en adelante C.T.P., el cual
establece: “Los contribuyentes y responsables se encuentran obligados
a comunicar cualquier cambio de domicilio dentro de los quince (15)
días de efectuado, quedando obligada la Dirección a tener en cuenta el
cambio comunicado, únicamente si la modificación fuera informada de
la manera establecida por la reglamentación…”. En el caso en cuestión,
de acuerdo al Acta A.1 N° 1-007.894 de fecha 27/05/2013 la inspección
“…procede a dejar constancia de las infracciones detectadas respecto
al contribuyente mencionado precedentemente: … 2) Falta de comu-
nicación de cambio de domicilio. El contribuyente tiene declarado en
base de datos Otax como domicilio fiscal la calle Baradero N° 2259 de
esta ciudad, mientras que por medio de nota de fecha 05/11/12 apor-
tada mediante Acta A.1. N° 1-007.879 de fecha 29/11/2012, manifiesta
que la firma opera hace 10 años aproximadamente en calle Pablo J.
Rodríguez N° 828 de esta ciudad, siendo el único sitio o local en el
que actúa, careciendo de sucursales u otros depósitos. Asimismo, el
contribuyente aporta fotocopia de Rescisión Anticipada de Contrato en
el mencionado domicilio fiscal…” A su vez, el artículo 47 inciso 4)
del C.T.P., prevé: “Los contribuyentes, responsables y terceros están
obligados a cumplir los deberes establecidos por este Código y Leyes
Tributarias Especiales para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus
funciones. Sin perjuicio de lo dispuesto de manera especial, los con-
tribuyentes, responsables y terceros quedan obligados a: … 4) Emitir,
entregar, registrar y conservar facturas o comprobantes que se refieran
a hechos imponibles o sirvan como prueba de los datos consignados
en las declaraciones juradas, en la forma, plazos y condiciones que
establezca la Dirección y a presentarlos y exhibirlos a su requerimien-
to…” conforme lo establecido en la Resolución N° 1415/2003 (B.O.
13/01/2003) y modif. de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
en su artículo 36; normativa a la cual adhiere la Dirección General de
Rentas mediante la Resolución Normativa N° 01/2011 (B.O. 06/06/2011)
y modif. artículo 335 -anteriormente Resolución Normativa N° 1/2009
(B.O. 15/10/2009) artículo 327; y Resolución Normativa 1/2007 (B.O.
15/08/2007) artículo 306). En el caso en cuestión, de acuerdo a lo
plasmado en Acta A.1 N° 1-007.894 de fecha 27/05/2013, la inspección
actuante constata la: “... 1) Falta de registros de las operaciones realiza-
das de compras y ventas, a excepción de las plasmadas en las planillas
de Excel denominadas “Libro IVA Ventas” y “Libro IVA Compras” por los
períodos Enero de 2009 a Mayo de 2010 (ambos inclusive) aportadas
mediante Acta A.1. N° 1-007.879 de fecha 29/11/2012. Sobre este pun-
to, cabe aclarar que el contribuyente aporta dos juegos de planillas,
con diferencias entre ellas en algunos períodos…”. Asimismo, el citado
artículo 47 del C.T.P. prevé: “Los contribuyentes, responsables y terce-
ros… quedan obligados a: ... 5) Concurrir a las oficinas de la Dirección
cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de
informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen
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