Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 4 de Setiembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIX - Nº 169 Cuarta Sección
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
AÑO CII - TOMO DCVIX - Nº 169
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 4 DE SETIEMBRE DE 2015
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
NOTIFICACIONES
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN GESTIÓN INTEGRAL DE RESOLUTIVO
RESOLUCION SJGIR-E-0701/2015 - 21 AGOSTO 2015 - NVISTO, los Expedientes y/
o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas,
los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del
presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I) QUE, en cada uno de los Expedientes
y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente;
II) QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos,
razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco (5)
días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados,
el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para
impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario
Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N° 400/2015, todo en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades
y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
por Decreto N° 400/2015; LA SEÑORA SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN DE
GESTION INTEGRAL DE RESOLUTIVO R E S U E L V E: ARTICULO 1° – NOTIFÍCASE
a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma
parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente
acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA. ARTICULO
2° – HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer
el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo,
mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de
quince (15) días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva,
de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el
Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta (30) días contados desde su
interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido
sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto
despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte (20) días podrá
considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. AR-
TICULO 3°-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al
Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cra. Verónica N.
Miranda -Subdirectora Jurisdicción- Gestión Integral de Resolutivo- Juez Administrativo
R.G N° 1575/08- D.G.R.Cordoba.-
ORDEN N° EXPTE. INICIADOR RESOLUCION FECHA
1 0034-080728/2014 JIMENEZ RIERA JORGE-
NIGOUL MARIA ROSA SJGIR-E-0328/2015 19/05/2015
2 0034-081479/2014 SUAREZ MARIO GUSTAVO
“ASOCIACION CIVIL PASITOS “ SJGIR-E-0442/2015 19/06/2015
3 0034-082542/2014 DUARTE JULIO ALBERTO FEDERACION
CORDOBESA DE MONTAÑISMO Y ESCALADA –FECME- SJGIR-E-0480/2015 22/06/2015
5 días - Nº 19641 - s/c - 04/09/2015 - BOE
DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL
ÁREA DETERMINACIONES
RESOLUCION PFD 116/2015 - CÓRDOBA, 27 de Agosto de 2015 - Ref.: Expte. N° 0562-
001425/2014 - Contribuyente: MOREIRA JUAN EDUARDO - VISTO: el expediente Nº 0562-
001425/2014, referido a la Determinación Impositiva practicada al Contribuyente MOREIRA
JUAN EDUARDO, en orden al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, y; CONSIDERANDO: I.-
QUE en el expediente antes citado, se ha dictado la Resolución Nº PFD 114/2015 con fecha 21
de Agosto de 2015 en los términos del artículo 64 del Código Tributario Provincial (Ley N°
6.006 t.o. 2015) -en adelante C.T.P.-. II.- QUE conforme a las constancias obrantes en autos
resulta conveniente notificar al contribuyente MOREIRA JUAN EDUARDO, mediante la
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, conforme a lo previsto en el 2° y
3° párrafo del artículo 67 del C. T. P. III.- QUE por lo expuesto y de conformidad a lo establecido
en el artículo 64 y 86 del C.T.P., la Ley N° 9.187 y modif., y a la designación dispuesta por la
Resolución SIP N° 017/12; La Subdirectora de Jurisdicción de Planificación y Control en su
carácter de Juez Administrativo, RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- NOTIFÍQUESE al contribuyente
MOREIRA JUAN EDUARDO Expte. Nº 0562-001425/2014, que se ha dictado con fecha 21 de
Agosto de 2015 el Acto Resolutivo Nº PFD 114/2015, -artículo 64 del C.T.P.-. ARTÍCULO 2º.-.
EMPLÁCESE al contribuyente MOREIRA JUAN EDUARDO, para que en el término de QUINCE
(15) DÍAS de notificada la presente, satisfaga y acredite los importes correspondientes a:
Diferencia de Impuesto y aporte para la integración del Fondo de Financiamiento del Sistema
Educativo -FoFISE-, Recargos Resarcitorios, Multas, Tasa Retributiva de Servicios y Gastos
Postales dispuestos en la Resolución precedentemente mencionada, cuyos montos se
consignan en el Anexo I de la presente, para lo cual deberá dirigirse al domicilio de esta
Dirección de Policía Fiscal, sito en calle Rivera Indarte Nº 742 -1º Piso- Área Determinaciones
- de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 08:00 a 17:00 hs. y/o comunicarse al Tel. 0351-
4286037 (línea directa), bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal. Asimismo,
una vez realizado el pago se deberá acreditar inmediata e indefectiblemente en el domicilio
citado. ARTICULO 3º.- HAGASE SABER al contribuyente MOREIRA JUAN EDUARDO, que
contra las Resoluciones Determinativas de la Dirección sólo podrá interponer Recurso de
Reconsideración dentro de los quince (15) días de notificado el Acto Resolutorio, conforme lo
previsto por los artículos 127 y 128 del C.T.P., para lo cual deberá abonar la Tasa Retributiva
de Servicios de Pesos Ciento Cincuenta ($ 150), atento a lo establecido en la Ley Impositiva
anual vigente. ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE y PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba.
ANEXO I
CONTRIBUYENTE: MOREIRA JUAN EDUARDO
5 días - Nº 19643 - s/c - 04/09/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN GESTIÓN INTEGRAL DE RESOLUTIVO
RESOLUCION SJGIR-D 0487/2015 - 21 AGOSTO 2015 - VISTO, los Expedientes y/o
trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los
cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto

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