Concesiones, Licitaciones, Servicios Públicos y Contrataciones en general

Fecha de la disposición 9 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 9 de abril de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 65 Cuarta Sección
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 65
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 9 DE ABRIL DE 2015
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SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRATACIONES EN GENERAL
PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
POLICIA DE CORDOBA
DEPARTAMENTO OCUPACION TERRITORIAL SUR
EN LA CIUDAD DE CORDOBA, a los … días del mes … del año dos mil quince, siendo las
… horas comparece por ante el funcionario policial que suscribe, Crio. Insp. RAMON JESUS
ALMADA Jefe del Departamento Ocupación Territorial y secretario autorizado. el Agente MIGUEL
ALEJANDRO HAMMER M.I. N° 23,871.342 a quien por este acto se lo notifica de contenido de
Resolución de Jefatura de policía N° 59011/2014, la que se transcribe a continuación: VISTO
el presente expediente identificado como N° 01393402686714 a través del cual el Departamento
Medicina Laboral informa la situación medica laboral de la Cabo MARIANA VERONICA DEL
VALLE VABRO M.I. N° 29.963.557 y del Agente MIGUEL ALEJANDRO HAMMER M. I. N°
23.871.342, en razón de haber sido colocados oportunamente en situación de DISPONIBILIDAD
Y CONSIDERANDO: Que a los fines pertinentes corresponde analizar los elementos
incorporados al actuado y determinar su consonancia con la normativa vigente. A fs. (02) el
Departamento Medicina Laboral incorpora nomina a través de la cual informa que la Cabo
MARIANA VERONICA DEL VALLE M.I. N° 29.963.557 hizo uso de la licencia por razones de
salud desde 31/03/2013 al 03/04/2013. 04/04/2013 al 05/04/2013. 14/04/2013 al 22/04/2013. 08/
11/2013 al 15/11/2013 y desde el 20/11/2013 al 25/01/2014 y el Agente MIGUEL ALEJANDRO
HAMMER M.I. N° 23,871.342 desde el 28/10/2013 al 30/10/2013 y desde el 09/12/2013 al 02/02/
2014; asimismo hace conocer que los mismos han superado la cantidad de días estipulados
por el art. 68° inc. “c” de la ley N° 9728 respectivamente. y que los periodos precedentemente
mencionados han sido usufructazos en continuidad a los oportunamente comunicados. Que
ingresando al análisis de la cuestión traída a examen, corresponde referir que con la sanción
de la nueva ley de Personal Policial N° 9728 vigente a partir del día 01/01/2010 y su Dcto.
Reglamentario 763/12. se dispuso establecer una nueva modalidad de cómputo de días de
licencia por razones de salud y en virtud de ello situaciones de revista diferenciadas. En este
sentido el art, 68° inc. “c” de la citada normativa, estipula que revistará en servicio efectivo “El
personal con licencia por razones de salud desvinculada del servicio, hasta seis (06) meses
computables desde que la misma fue verificada y con una antigüedad menor a quince (15)
años de servicio”; Por su parte el art. 68° inc. “c” dispone en relación a la situación de revista
en disponibilidad que revistará en tal carácter “El personal con licencia por razones de salud
desvinculadas del servicio, desde el momento que exceda el periodo de servicio efectivo y
hasta seis (06) meses más”. Por ultimo se prevé que vencido este plazo el personal revistara
en situación pasiva por el término máximo de seis (06) meses ello en imperio del art 70° inc.
“d”. Así las cosas y determinándose el cumplimiento de los requisitos establecidos al efecto
en cuanto al vencimiento de los plazos previstos por la normativa citada para revistar en
servicio efectivo. ello a la luz de los días de licencia medica otorgados y los años de antigüedad
en el servicio con que cuentan los causantes. es que corresponde homologar la continuidad en
situación de revista de DISPONIBILIDAD, por los periodos de licencia médicas usufructuadas
por los encartados según corresponda para cada uno de ellos. en virtud de lo informado por el
Departamento Medicina Laboral a fs. (02) y a tenor de lo dispuesto por el art, 69° inc. “c” de la
ley N° 9728. En el mismo acto corresponde otorgar la debida participación al Departamento
Finanzas a los fines que proceda a la liquidación de haberes conforme el temperamento
dispuesto por Administración de Personal a su conocimiento y registro en el legajo personal
de los causantes. Que atento el análisis precedente y teniendo en cuenta el Dictamen N° 298/
141 emitido por la Dirección Asesoría Letrada el suscripto Jefe de Policía de la Provincia. en
uso de facultades que les son propias. RESUELVE: I. HOMOLOGAR la continuidad en situación
de revista de DISPONIBILIDAD por los periodos de licencias medicas usufructuados por la
Cabo MARIANA VERONICA DEL VALLE M.I. N° 29.963.557 desde 31/03/2013 al 03/04/2013.
04/04/2013 al 05/04/2013. 14/04/2013 al 22/04/2013. 08/11/2013 al 15/11/2013 y desde el 20/11/
2013 al 25/01/2014 y del Agente MIGUEL ALEJANDRO HAMMER M.I. N° 23.871.342 desde el
28/10/2013 al 30/10/2013 y desde el 09/12/2013 al 02/02/2014. a tenor de lo dispuesto por el
art. 69° inc. “c” de la ley 9728 hasta tanto se disponga la modificación de su situación médica
laboral y hasta el plazo de seis meses. 2. Al Departamento Administración de Personal. a los
fines se notifique a los causantes del contenido de la presente y demás efectos. 3. Al
Departamento Finanzas. a los efectos que asuma la participación de su competencia. en los
términos el art. 94° de la Ley 9728. 4. Al Departamento Medicina Laboral a los efectos de que
se efectúe los registros de rigor en los legajos médicos de los causantes. 5, PROTOCOLICESE.
JEFATURA DE POLICIA. 12 de Diciembre de 2014. RESOLUCION N° 59011/2014. Al centro
obra sello oval de Jefatura de Policía; al lado izquierdo sello escalera de Jefatura de Policía
con iniciales vev-est-arp-jcs; a la derecha firma ilegible. y sello CRIO. GRAL. TEC. SUP.
JULIO CESAR SUAREZ en la parte inferior izquierda sello “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”
al centro sello oval División Resoluciones y a la derecha firma ilegible y sello Of. Subinsp.
MOYANO VANESA P; debajo al centro sello “ES COPIA” en parte inferior sello oval
Departamento Administración de Personal y a la derecha firma ilegible y sello SGTO. AYTE.
RAFAEL E. HORTA. Que es cuanto hay que hacer constar con lo que se dio por terminado el
acto, previa lectura y ratificación de todo su contenido firma para constancia por ante el
suscripto y secretario que certifica. Comisario Insp. RAMON JESUS ALMADA Jefe Dpto.
Ocupación Territorial 5 días – 4669 – 14/4/2015 – s/c
CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS
Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESOLUCIÓN N° 43317 - CÓRDOBA, 6 de marzo de 2015.- VISTO: La Resolución nº 42949
de fecha 25/11/2014 referida al Plan de Inversiones, el que fuera aprobado por Asamblea
Ordinaria n° 145 del 12/12/2014 (punto 6º).- Y CONSIDERANDO: Que aprobado el Plan de
Inversiones por Asamblea Ordinaria nº 145 del 12/12/2014 (punto 6º), corresponde, según lo
prescripto por el art. 32 de la Ley 6468, T.O. Ley 8404, dictar reglamento en el caso de los
préstamos sociales previstos en el art. 29 incs. a), b) y d), con especificación de monto, plazo,
forma de pago, capital e intereses, demás condiciones para otorgarlo y otras estipulaciones
contractuales imprescindibles que garanticen una ordenada amortización y razonable
rentabilidad.- Atento la normativa citada y conforme a las facultades otorgadas por los arts. 10
incs. a), b) y j), y los arts. 29 incs. a, b y d, 30 y 32 de la Ley 6468 (T.O. L. 8404), EL CONSEJO
DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS
Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, RESUELVE: I) Establécese, para la
operatoria de la Resolución nº 42949 (25/11/2014), que integra la presente, y referido a
PRÉSTAMOS SOCIALES, de los previstos en el art. 29 incs. a, b, d (en este último inciso sólo
será para préstamos con garantía personal), tanto CON GARANTÍA REAL, como CON
GARANTÍA PERSONAL, el siguiente reglamento: TITULO I: CONDICIONES GENERALES,
COMUNES A LAS LÍNEAS CREDITICIAS PARA AFILIADOS ACTIVOS, JUBILADOS,
PENSIONADOS Y EMPLEADOS: Artículo 1: En todos aquellos aspectos no normados en
forma específica en los Títulos II a VIII de la presente Resolución, serán de aplicación las
disposiciones del presente Título I.- Solicitantes - Artículo 2: Para acceder a un préstamo, los
solicitantes deberán: a) En el caso de afiliados en actividad: acreditar tres años de afiliación
a esta Caja, salvo los comprendidos en el Título VI. b) Estar al día en el cumplimiento de sus
obligaciones con esta Caja devengadas hasta el mes inmediato anterior a la liquidación del
préstamo ó haber mantenido regularidad en el pago de aquellas. c) No estar informados por el
Banco Central de la República Argentina como deudores en mora, ni estar inhabilitados. Esta
condición se hace extensiva a sus cónyuges para el caso de considerarse los ingresos de

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