Partido Comunista Congreso Extraordinario - Distrito Provincia de Buenos Aires
Fecha de la disposición | 22 de Julio de 2010 |
-
Juzgar en definitiva en grado de apelación la conducta de las autoridades establecidas en la presente Carta Orgánica, como asimismo la de todos los afiliados al 'Partido de la Victoria'. (Distrito Santa Cruz). Resolver en segunda instancia las apelaciones deducidas contra el Tribunal de Disciplina.
-
Declarar la necesidad de reformar la Carta Orgánica a propuesta de la Junta Provincial y/o de al menos cuatro Juntas Locales y/o de al menos dos tercio (2/3) de congresales titulares, y/o de más de un 20% de los afiliados.
-
Verificar los poderes de los Congresales siendo único Juez de la validez de sus mandatos.
-
Designar a los miembros del Tribunal de Disciplina y Tribunal Electoral propuestos por la Junta Provincial.
CAPITULO SEGUNDO: JUNTA PROVINCIAL Art. 28.- La Junta Provincial del Partido ejerce la autoridad permanente del partido en todas aquellas cuestiones que no estuvieren exclusivamente destinadas al Congreso Provincial. Es el órgano encargado de cumplir y hacer cumplir las disposiciones de esta Carta Orgánica, las Resoluciones del Congreso Provincial y las Reglamentaciones que al efecto se dicten. Se deberá reunir al menos una vez por mes, y sesionará con la mitad más uno de sus miembros.
Tesorero titular, Tesorero suplente y diecisiete (17) Secretarios: general, actas, acción política, prensa y propaganda, afiliación, Juventud, de la mujer, acción social, ciencias y técnica y siete secretarios vocales. El Presidente y el Vicepresidente serán elegidos en formula y boleta separada de las que contengan candidaturas a cualquier otro cargo partidario o electivo, a simple pluralidad de sufragios por voto directo de los afiliados.
Los Secretarios de la Junta Provincial será elegidos por el voto directo de los afiliados por lista completa, de acuerdo al siguiente criterio: si la primera minoría obtiene al menos 20% de los votos validos emitidos, le corresponderá dos (2) secretarías y en caso de superar el 35%, tres (3) secretarías.
Los restantes cargos se asignarán por sistema D'Hondt, entre todas las listas concurrentes a la elección.
En caso de que la lista más votada no alcance al 29% o supere el 50% de los votos válidos emitidos, se aplicará el sistema proporcional D'Hondt para el reparto de la totalidad de los cargos.
Para ser miembro se requiere dos años de residencia en la Provincia y dos años de afiliación al partido.
-
La dirección general del partido en el distrito durante el receso del Congreso. La dirección se efectivizará de acuerdo a la política y lineamientos que fije el Congreso y las facultades y obligaciones que le confiera esta Carta Orgánica;
-
Ejercer la representación del partido y designar apoderados/as;
-
Requerir al Congreso la convocatoria a sesiones extraordinarias, proponiendo el orden del día respectivo;
-
Centralizar y controlar la propaganda partidaria, que responderá a los lineamientos políticos del partido;
-
Convocar de forma permanente a reuniones temáticas a los fines del tratamiento de temas de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba