Comunicados y avisos del día 23/11/2007
Fecha de la disposición | 23 de Noviembre de 2007 |
DISPOSICIONES
Ministerio de Gobierno
DISPOSICIÓN N° 7.824 - DGHP
Se prorroga el plazo previsto en el artículo 3° de la Disposición N° 2.195-DGHP/07
Buenos Aires, 7 de noviembre de 2007.
Visto los términos de la Ley N° 455, el Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Instituto de Racionalización de Materiales (IRAM), en fecha 17 de julio de 2001, la Disposición N° 2.195-DGHP/07, la Norma Argentina IRAM de Emergencia 3617:2006, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la mencionada ley, se incorpora el Capítulo 10.7 bajo la signatura "Equipamiento de Juegos Infantiles manuales de uso público individuar a la Sección 10 Espectáculos y Diversiones del Código de Habilitaciones y Verificaciones;
Que dicha norma define como Juegos Infantiles Manuales de uso público individual colectivo, a aquellos instalados de manera permanente (ya sea al aire libre como en espacio cubierto), que requieran para su utilización de desplazamientos, impulsos, manipulación, o distintas forma de destreza y movimientos del usuario, exceptuándose aquellos que dependan para su funcionamiento de dispositivos eléctricos, electromecánicos o electrónicos;
Que exige además que estos juegos instalados en ámbitos públicos o privados, deben exhibir el correspondiente certificado de Calidad y Seguridad, que a tales fines debe extender el Instituto de Racionalización de Materiales (IRAM);
Que asimismo se determina que el libramiento al público de estos juegos, requiere del cumplimiento del trámite de habilitación previsto en el art. 2.1.8 AD 700.5, el cual se establece que el local no puede iniciar actividad hasta tanto posea la correspondiente habilitación otorgada;
Que con motivo de la complejidad técnica que presenta la Ley N° 455, mediante Disposición N° 2.195-DGHP/07 se establecieron parámetros a seguir a fin de obtener la autorización para su funcionamiento hasta tanto se apruebe la reglamentación de la referida norma;
Que atento a los compromisos asumidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Instituto de Racionalización de Materiales (IRAM) en el Convenio Marco celebrado en fecha 17 de julio de 2001, éste último ha definido los criterios mínimos de seguridad y los ensayos en los juegos blandos, mediante la creación de la norma IRAM de Emergencia 3617:2006 con una vigencia de dos años;
Que a efectos de acreditar si las instalaciones involucradas reúnen mínimas condiciones de...
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