Comunicados y avisos del día 18/05/2004

Fecha de la disposición18 de Mayo de 2004

DISPOSICIONES

Secretaría de Infraestructura y Planeamiento

DISPOSICIÓN N° 119 - DGCEM

DASE DE BAJA A LA EMPRESA DE SERVICIOS FÚNEBRES "EL PLATA" EN LOS REGISTROS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS

Buenos Aires, 11 de mayo de 2004.

Visto la necesidad de regular la actividad de las empresas fúnebres en lo relacionado a las habilitaciones que deben poseer para el correcto desempeño de su actividad dentro del marco de la Ordenanza N° 12.917 que rige el Régimen de Policía Mortuoria y la Ordenanza N° 27.590 que regula la actividad general de los Cementerios de esta Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que se hallan sujetos al poder de Policía Mortuoria todas las empresas de servicios fúnebres y los velatorios ubicados en la ciudad de Buenos Aires;

Que dicho poder de Policía Mortuoria ha sido conferido a esta Administración a través de la Ordenanza N° 27.590 no sólo para ser ejercido dentro del perímetro de los cementerios municipales y privados, sino también respecto a todas las operaciones o servicios específicos vinculados con ellos;

Que corresponde establecer un marco regulatorio que brinde la máxima claridad y transparencia a la actividad ejercida por las empresas de servicios fúnebres que se desempeñan dentro del ámbito de competencia de esta Dirección General de Cementerios y que circulan en la Ciudad de Buenos Aires;

Que con el objeto de alcanzar el mayor grado de excelencia en el servicio que prestan las empresas en cuestión, surge la obligación de la Administración de arbitrar los medios necesarios en pos de salvaguardar los intereses de los contribuyentes;

Que a tales fines se ha emitido oportunamente la Disposición N° 90/DGCEM/04, por la cual se ha obligado a todas las empresas fúnebres que operan dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a la presentación de una declaración jurada que contenga los diferentes elementos que poseen las mismas dentro de los diez (10) días de su notificación;

Que una vez vencido el término citado en el párrafo anterior, la Empresa El Plata continuaba sin presentar la declaración jurada en cuestión, motivo por el cual se le otorgó un último plazo perentorio de 48 hs. para arreglar su situación a derecho;

Que persistiendo en la actualidad la situación irregular descripta, deviene necesario que esta Dirección General de Cementerios aplique las sanciones de rigor;

Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE:

Artículo 1°

Dése la baja definitiva en los registros de esta Dirección General de Cementerios a la Empresa de servicios fúnebres El Plata, por no haber dado debido cumplimiento a los términos de la Disposición N° 90/DGCEM/04.

Artículo 2°

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones de los Cementerios de la Chacarita, Flores, Recoleta y a la Dirección del Crematorio de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección de Planificación y Registro y a los Departamentos Mortuorio y Administrativo, y oportunamente archívese. González.

CA 167

DISPOSICIÓN N° 120 - DGCEM

DASE DE BAJA A LA EMPRESA DE SERVICIOS FÚNEBRES "LA SUDAMERICANA" EN LOS REGISTROS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS

Buenos Aires, 11 de mayo de 2004.

Visto la necesidad de regular la actividad de las empresas fúnebres en lo relacionado a las habilitaciones que deben poseer para el correcto desempeño de su actividad dentro del marco de la Ordenanza N° 12.917 que rige el Régimen de Policía Mortuoria y la Ordenanza N° 27.590 que regula la actividad general de los Cementerios de esta Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que se hallan sujetos al poder de Policía Mortuoria todas las empresas de servicios fúnebres y los velatorios ubicados en la ciudad de Buenos Aires;

Que dicho poder de Policía Mortuoria ha sido conferido a esta Administración a través de la Ordenanza N° 27.590 no sólo para ser ejercido dentro del perímetro de los cementerios municipales y privados, sino también respecto a todas las operaciones o servicios específicos vinculados con ellos;

Que corresponde establecer un marco regulatorio que brinde la máxima claridad y transparencia a la actividad ejercida por las empresas de servicios fúnebres que se desempeñan dentro del ámbito de competencia de esta Dirección General de Cementerios y que circulan en la Ciudad de Buenos Aires;

Que con el objeto de alcanzar el mayor grado de excelencia en el servicio que prestan las empresas en cuestión, surge la obligación de la Administración de arbitrar los medios necesarios en pos de salvaguardar los intereses de los contribuyentes;

Que a tales fines se ha emitido oportunamente la Disposición N° 90/DGCEM/04, por la cual se ha obligado a todas las empresas fúnebres que operan dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a la presentación de una declaración jurada que contenga los diferentes elementos que poseen las mismas dentro de los diez (10) días de su notificación;

Que una vez vencido el término citado en el párrafo anterior, la Empresa La Sudamericana continuaba sin presentar la declaración jurada en cuestión, motivo por el cual se le otorgó un último plazo perentorio de 48 hs. para arreglar su situación a derecho;

Que persistiendo en la actualidad la situación irregular descripta, deviene necesario que esta Dirección General de Cementerios aplique las sanciones de rigor;

Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE:

Artículo 1°

Dése la baja definitiva en los registros de esta Dirección General de Cementerios a la Empresa de servicios fúnebres La Sudamericana, por no haber dado debido cumplimiento a los términos de la Disposición N° 90/DGCEM/04.

Artículo 2°

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones de los Cementerios de la Chacarita, Flores, Recoleta y a la Dirección del Crematorio de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección de Planificación y Registro y a los Departamentos Mortuorio y Administrativo, y oportunamente archívese. González.

CA 168

DISPOSICIÓN N° 121 - DGCEM

DASE DE BAJA A LA EMPRESA DE SERVICIOS FÚNEBRES "NASIF S.R.L." EN LOS REGISTROS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS

Buenos Aires, 11 de mayo de 2004.

Visto la necesidad de regular la actividad de las empresas fúnebres en lo relacionado a las habilitaciones que deben poseer para el correcto desempeño de su actividad dentro del marco de la Ordenanza N° 12.917 que rige el Régimen de Policía Mortuoria y la Ordenanza N° 27.590 que regula la actividad general de los Cementerios de esta Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que se hallan sujetos al poder de Policía Mortuoria todas las empresas de servicios fúnebres y los velatorios ubicados en la ciudad de Buenos Aires;

Que dicho poder de Policía Mortuoria ha...

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