Comunicados y avisos del día 23/06/2003

Fecha de la disposición23 de Junio de 2003

Secretaría de Hacienda y Finanzas

DISPOSICIÓN N° 12 - DGSINF

APRUÉBANSE LAS NORMAS DE SEGURIDAD FÍSICA Y LÓGICA EN LAS INSTALACIONES DE COMPUTACIÓN DE DATOS DEL G.C.A.B.A.

Buenos Aires, 21 de abril de 2003.

Visto la necesidad de mantener permanentemente actualizadas las Normas de Seguridad Física y Lógica a tener en cuenta en las instalaciones de computación de datos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Auditoría de Sistemas las ha elevado al suscripto mediante Nota N° 2.025/DGSINF/02;

Que las mismas han sido elaboradas por la citada Dirección, en consulta con las restantes Direcciones que conforman esta Dirección General;

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°

Apruébanse las Normas de Seguridad Física y Lógica que como Anexo I se adjuntan a la presente, fijando su vigencia a partir del día de la fecha.

Artículo 2°

Prever su futura publicación en el Boletín Oficial y en Intranet http://intranet.buenosaires.gov.ar/dgsinf/.

Artículo 3°

Regístrese, notifíquese a las Direcciones de Auditoría de Sistemas, Planeamiento y Desarrollo, Operaciones Informáticas, Soporte Técnico y Administrativa Contable, cumplido, archívese. Córdoba.

NOTA: El Anexo I que se menciona en el artículo 1° de la presente Disposición se encuentra disponible en Intranet para su consulta.

DISPOSICIÓN N° 21 - DGSINF

DISPÓNESE LA VIGENCIA DE LOS ESTÁNDARES TECNOLÓGICOS EN MATERIA INFORMÁTICA DEL G.C.A.B.A. (VERSIÓN JULIO/2003) DE APLICACIÓN OBLIGATORIA PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL G.C.A.B.A

Buenos Aires, 12 de junio de 2003.

Visto los Decretos Nros. 1.023/93 (B.M. N° 19.600); 335/96 (B.O. N° 64) y la Disposición N° 64/DGSINF/01 del 9/8/01, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición N° 64/DGSINF/01 se adecuó la normativa para la solicitud de aprobación de adquisiciones y/o contrataciones informáticas en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que resulta necesario garantizar el uso óptimo de los recursos económicos en materia informática, siendo vital también el perfeccionamiento de los tiempos del proceso de solicitud de especificaciones técnicas;

Que a los fines del apartado precedente se considera imprescindible homogeneizar las características tecnológicas del parque informático del Gobierno de la Ciudad propiciando la compatibilidad entre los distintos elementos tecnológicos en el ámbito informático;

Que en dicha inteligencia es conveniente generar Estándares Tecnológicos en el Gobierno de la Ciudad para los elementos de Hardware, Software y Comunicaciones, como así también para el desarrollo de aplicaciones;

Que esta administración considera esencial profundizar la transparencia y la eficiencia de la gestión pública;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°

A partir del 1° de julio de 2003 se pondrán en vigencia los Estándares Tecnológicos en materia informática del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Versión julio/2003).

Artículo 2°

Los Estándares Tecnológicos mencionados en el artículo 1° serán de aplicación...

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