Comunicados y avisos del día 10/12/2001

Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2001

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA

Dirección General de Recursos Humanos

Presentación de certificado de escolaridad

Se lleva a conocimiento de los Señores Responsables de las Áreas de Personal de las distintas Reparticiones dependientes del Órgano Ejecutivo, que los agentes con derecho a percepción de asignación por escolaridad: Preescolar (4 y 5 años de edad), Escolaridad Primaria, Enseñanza General Básica, Escolaridad Media o Superior y Polimodal, deberán acreditar la asistencia regular a los cursos, dentro de los sesenta (60) días de finalizado el presente período lectivo, mediante la presentación del certificado extendido por el establecimiento educacional al que asiste el alumno, y que será recepcionado, controlado y archivado en la Repartición donde presta servicios el agente.

El Área de Personal comunicará las bajas de escolaridad conforme a lo establecido por el Art. 30 Incs. b), c) y d) y Art.31 de la Ordenanza Nº 34.138 (B.M. Nº 15.755), y su modificatoria mediante Ordenanza Nº 37.206 (B.M.Nº 16.662).

Dichas novedades deberán ser remitidas antes del 11 de febrero de 2002 a la Dirección General de Recursos Humanos (Dirección Liquidación de Haberes) mediante la utilización del formulario "MODIFICACIÓN POR ESCOLARIDAD", confeccionado por orden de Número de Ficha Municipal para el personal de Organismos Centralizados, y por orden de Número de Documento para el Personal Docente.

Jorge Luis Feldman

Director General

CA 48

Inicia: 10-12-2001 Vence: 14-12-2001

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO

DISPOSICIÓN N° 1.895

LEY DE IMPACTO AMBIENTAL. ESTABLÉCESE PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE PLANOS Y CONCESIÓN DEL PERMISO DE OBRA ADECUÁNDOSE A LA REGLAMENTACIÓN VIGENTE

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2001.

C.N. N° 357-DGFOyC-2001.

Visto el Decreto N° 1.120-GCBA-01, reglamentario de la Ley N° 123 de Impacto Ambiental y la necesidad de proceder a su instrumentación en el ámbito de esta Dirección General, y

CONSIDERANDO:

Que su artículo 1° deroga el Decreto Nº 1.252-GCBA-99 circunstancia que torna inoficiosa la aplicación de la Resolución Nº 1 AA-Ley N° 123 en tanto y cuanto que esta ha tenido como objeto la aplicación del Decreto derogado;

Que en mérito de ello corresponde definir el procedimiento a seguir en el registro de planos y concesión del permiso de obra...

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