Comunicación \. Ref.: Circular OPASI 2 - 501. Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales. Resolución UIF N° 94\/16. Adecuaciones.

Fecha de disposición30 Septiembre 2016
Fecha de publicación30 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 6050/2016

Ref.: Circular OPASI 2 - 501. Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales. Resolución UIF N° 94/16. Adecuaciones.

26/08/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"- Sustituir el punto 1.3. de las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales" por lo siguiente:

"1.3. Identificación y situación fiscal del titular.

Se verificará a base de los documentos que deberán exhibir los titulares, con ajuste a lo previsto en los puntos 4.1. y 4.2.

Además, como mínimo, se exigirán los siguientes datos:

1.3.1. Nombres y apellidos completos.

1.3.2. Lugar y fecha de nacimiento.

1.3.3. Domicilio.

1.3.4. Ocupación.

1.3.5. Estado civil.

Será suficiente la sola presentación de los documentos de identidad previstos en las normas sobre "Documentos de identificación en vigencia" para la acreditación de los datos previstos en los puntos 1.3.1. a 1.3.3. y una declaración jurada del titular para acreditar los datos detallados en los puntos 1.3.4. y 1.3.5., sin perjuicio del cumplimiento de la normativa en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo --especialmente en lo referido a la identificación y conocimiento del cliente--.

No obstante lo señalado precedentemente, la apertura y el posterior mantenimiento de la cuenta podrán basarse en medidas simplificadas de debida diligencia de identificación del cliente reconocidas por la Unidad de Información Financiera en la Resolución N° 121/11 y modificatorias, debiendo mantener la entidad, en esos casos, una declaración jurada del cliente respecto de que no posee más de una cuenta de depósito abierta en el sistema financiero y que asume el compromiso de notificar a la entidad cuando cambie esa condición."

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales". Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a "Sistemas Financiero y de Pagos - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general\u2019\u2019, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y...

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