Comunicación “A” 7235/2021

Fecha de publicación16 Marzo 2021
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


11/03/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: CIRMO 3-102. Compensación Interbancaria de Billetes (CIB). Su adecuación de requisitos y límites.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

1. Establecer, a partir del 15.03.21, que las tenencias de billetes de “Buen Uso” y “Deteriorados” afectados a la operatoria de Compensación Interbancaria de Billetes para el conjunto de todas las sucursales de cada entidad financiera, no deberá superar el menor de:

a) 10 % de la Responsabilidad Patrimonial Computable de la entidad del segundo mes anterior al de cómputo, dividida por el factor k previsto en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”, vinculado a la calificación asignada a la entidad según la evaluación efectuada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; y

b) 10 % de la exigencia de efectivo mínimo en pesos de la entidad del segundo mes anterior al de cómputo, bruta de franquicias.

2. Incrementar, a partir del...

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