Comunicación “A” 7162/2020

Fecha de publicación16 Noviembre 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA


12/11/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: RUNOR 1 – 1622. Política de erradicación de violencia y discriminación por razones de género en publicidades en medios de comunicación gráficos y digitales.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Disponer que los sujetos obligados por el punto 1.1.2. de las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”, deberán evitar prácticas o acciones que reflejen o promuevan visiones estereotipadas y jerarquizantes de los géneros, androcentrismo, lenguaje sexista, violencia mediática y/o simbólica contra mujeres y personas LGBTTIQ+. Entre otras, deberán evitar la condescendencia masculina –conocida como “mansplaining”–, utilizar la imagen de la mujer como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar o...

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