Comunicación 'a' 5050/2010

Fecha de disposición22 Marzo 2010
Fecha de publicación22 Marzo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31868

CONDICIONES ESPECIFICAS CONDICIONESY LIMITES PARA LA PUESTA EN MARCHA 12. Las tareas de puesta en marcha de la instalación deben ser efectuadas dentro de los límites y condiciones establecidos en la documentación para la puesta en marcha.

  1. El personal de la Instalación que efectúe o supervise tareas relacionadas con la puesta en marcha debe contar con Licencia Individual vigente acorde a la posición que corresponda en el Organigrama de Operación.

    EXPOSICION RADIOLOGICA OCUPACIONAL 14.La dosis efectiva del personal, atribuida a las tareas de puesta en marcha de la Instalación, deben ser tan bajas como sea razonablemente alcanzable, y no deben superar los límites establecidos en la Norma AR 10.1.1 'Norma Básica de Seguridad Radiológica - Revisión 3.

  2. Las dosis recibidas en eventuales situaciones accidentales, y las recibidas en otras instalaciones, se deben registrar e informar separadamente de las dosis recibidas durante la puesta en marcha.

    MODIFICACIONESY CAMBIOS 16. Toda modificación propuesta para un componente, equipo, sistema o documentación para la puestaenmarcha,quetengainfluenciasignificativaenlaseguridadradiológicay/onucleardelaInstalación, debe ser autorizada por la Autoridad Regulatoria en forma previa a su ejecución o implementación.

    DOCUMENTACION PARA LA PUESTA EN MARCHA 17. Producida por la Autoridad Regulatoria:

    17.1. La presente Licencia de Puesta en Marcha.

    17.2. Toda norma, requerimiento, recomendación o pedido de información emitida por la Autoridad Regulatoria; aplicable a la Instalación, relacionada con la seguridad radiológica.

  3. Producida por la Entidad Responsable:

    18.1. Informe Preliminar de Seguridad, donde se incluye el tratamiento de situaciones incidentales o accidentales.

    18.2. Programa de Pruebas Preliminares y de Puesta en Marcha.

    18.3. Código de Prácticas que incluye el Plan de Monitoreo.

    18.4. Manual de Operaciones, donde se incluye el Plan de Mantenimiento.

    18.5. Manual de Calidad.

    18.6. Programa de Entrenamiento del Personal.

    REGISTROS 19.Deben registrarse los resultados de las pruebas y ensayos obtenidos en la ejecución del Programa de Pruebas Preliminares y de Puesta en Marcha y el Plan de Monitoreo.

  4. Debe mantenerse un libro de registro en donde deberán asentarse las novedades ocurridas durante la puesta en marcha.

  5. La Entidad Responsable debe conservar, en forma completa y actualizada, los registros y la documentación establecidos en la presente Licencia de Puesta en Marcha, durante la vida de la...

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