Comunicación 'a' 4883/2008

Fecha de la disposición16 de Enero de 2009

B.C.R.A. CAPITALES MINIMOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS Sección 5. Capital mínimo por riesgo de tasa de interés.

5.6.2. Operaciones a tasa variable basada en indicador externo.

A las operaciones a tasa variable basada en un indicador de origen externo (por ejemplo, LIBOR), se les dará el mismo tratamiento que a las concertadas a tasa fija.

También recibirán este tratamiento los pasivos contemplados en el acápite iii) del punto 1.11.2.1.

de la Sección 1. de las normas sobre 'Depósitos e inversiones a plazo', en los casos en que la tasa fija libremente convenida se compare con una tasa basada en un indicador externo.

5.6.3. Operaciones a tasa variable basada en indicador local.

5.6.3.1. Pasivos.

i) En el caso de los pasivos a tasa variable referida a un indicador de origen local (por ejemplo encuestas de tasas pasivas), no actualizables por 'CER', se tendrán en cuenta sólo los flujos de fondos que se extiendan hasta el período en que, según las previsiones de los contratos, corresponda efectuar el primer ajuste de tasa de interés, adicionando en dicho período los remanentes a vencer a partir de ese momento.

También recibirán este tratamiento los pasivos contemplados en el acápite iii) del punto 1.11.2.1.

de la Sección 1. de las normas sobre 'Depósitos e inversiones a plazo', en los casos en que la tasa fija convenida se compare con una tasa variable basada en un indicador local.

ii) Los redescuentos y adelantos en los términos de los incisos b), c) y f) del artículo 17 de su Carta Orgánica, actualizables por 'CER' a que se refiere la resolución difundida por la Comunicación 'A' 3941, se imputarán en su totalidad a la banda temporal correspondiente al primer mes.

También recibirán este tratamiento otros pasivos actualizables por el 'CER', cuando el plazo residual sea de hasta un año.

iii) Los pasivos actualizables por 'CER' no comprendidos en el apartado ii) precedente se imputarán conforme al procedimiento previsto en el cuarto párrafo del inciso a), apartado iii) del punto 5.6.3.2.

5.6.3.2. Activos.

i) Se dará el tratamiento establecido para los pasivos a tasa variable basada en un indicador local a las financiaciones, incluyendo las instrumentadas mediante títulos públicos, al sector público no financiero nacional, provincial y municipal, siempre que en esos dos últimos casos cuenten con garantía de la afectación de recursos de la coparticipación federal o provincial de impuestos u...

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