Comunicación 'a' 4844/2008

Fecha de disposición09 Octubre 2008
Fecha de publicación09 Octubre 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31507

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 25.798 y su modificatoria Nº 25.908 se creó el Sistema de Refinanciación Hipotecaria por el cual se implementa un mecanismo de refinanciación destinado a resolver la situación planteada en torno a las ejecuciones hipotecarias sobre vivienda única.

Que el Artículo 23 de la referida ley creó la UNIDAD DE REESTRUCTURACION en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el objeto de analizar los mutuos hipotecarios que resultaran elegibles en los términos de dicha norma, y que hubieran sido concertados con anterioridad a la vigencia de la convertibilidad del austral dispuesta por la Ley Nº 23.928.

Que a través del Artículo 5º del Decreto Nº 1284 del 18 de diciembre de 2003 se procedió a la reglamentación de la mencionada ley, disponiendo que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION sea la Autoridad de Aplicación e interpretación del referido decreto, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resultaren necesarias.

Que, por el Artículo 23 del Anexo I del Decreto Nº 1284/03, se estableció que la citada Unidad pasara a funcionar en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que la referida Unidad dejó de actuar luego de elevar al PODER EJECUTIVO NACIONAL el proyecto de ley que establece el procedimiento a aplicar para la reestructuración de los mutuos hipotecarios comprendidos en el Artículo 23 de la Ley Nº 25.798, conforme a las pautas de la Ley Nº 26.177.

Que dicho proyecto fue sancionado por la Ley Nº 26.313.

Que en consecuencia la UNIDAD DE REESTRUCTURACION ha cumplido el objeto que se tuvo en cuenta para su creación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 5º del Decreto Nº 1284/03.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Déjase establecido que la UNIDAD DE REESTRUCTURACION creada en el ámbito de este Ministerio agotó su cometido por las razones que surgen de los considerandos precedentes.

ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- CARLOS R. FERNANDEZ, Ministro de Economía y Producción.

e. 09/10/2008 Nº 12339/08 v. 09/10/2008 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 473/2008

ACTA Nº 1012

Expediente ENRE Nº 25.721/08

Bs. As., 24/9/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LAELECTRICIDADharesuelto:1.-Autorizar el Acceso a la Capacidad de Transporte, solicitado por la 'EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA', que le fuera requerida por 'ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA', para su CT ISLA VERDE, consistente en el ingreso de 30 MVA, en el nivel de tensión de 13,2 kV compuesto por 24 unidades generadoras diesel de 1,25 MVA cada una en la ET ISLA VERDE, Provincia de Córdoba.

  1. 'EPEC' y 'ENARSA' deberán firmar un Convenio de Conexión, donde presentarán los límites entre ambas empresas, de acuerdo a lo establecido en LOS PROCEDIMIENTOS, el que deberán remitir a este Organismo a sus efectos. 3.- 'EPEC' y 'ENARSA' deberán acordar las condiciones en se realizará la prestación de la Función Técnica de Transporte. 4.- Notifíquese a 'EPEC', a la 'ENARSA' y a CAMMESA. -- Firmado: EDUARDO O. CAMAÑO, Vocal Segundo. -- MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. -- LUIS BARLETTA, Vicepresidente. -- MARIO H. DE CASAS, Presidente.

e. 09/10/2008 Nº 12431/08 v. 09/10/2008 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 482/2008

ACTA Nº 1012

Expediente ENRE Nº 19.926/06

Bs. As., 24/9/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.Sancionar a la 'TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCIONTRONCAL DE LA REGION DEL COMAHUENEUQUEN' en la suma de PESOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DOS CENTAVOS ($ 15.886,02) por incumplimientos incurridos durante el período comprendido entre enero y junio de 2006, a lo dispuesto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Región del Comahue, contenido en ANEXO II a la Resolución ex S.E. Nº 229/93, cuyo detalle, duración y montos de penalización se detallan en los Anexos I a VII de este Acto del cual forman parte integrante. 2.- Instruir a CAMMESA para que, aplicando las sanciones cuyo detalle se efectúa en los ANEXOS I a VII de esta Resolución, efectúe los débitos correspondientes sobre la liquidación de venta de la 'TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DEL COMAHUE-NEUQUEN'. 3.- Notifíquese a la 'TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DEL COMAHUE - NEUQUEN' y a CAMMESA lo dispuesto en este acto, con copia de la presente Resolución. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR