Comunicación 2779/1998

Fecha de disposición07 Octubre 1998
Fecha de publicación07 Octubre 1998
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta28996

COMUNICACION "A" 2779 del 22/09/98 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICACENTRAL

COMUNICACION "A" 2779 - 22/09/98 - Ref: Circular OPASI 2-195. CAMCO 1-114. Reglamentación de la cuenta corriente bancaria. Pago de cheques mediante truncamiento.

B.O.: 7/10/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS

Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"1.-Sustituir los puntos 1.2.2.7. y 1.3.8.2. del Capítulo I de la Circular OPASI-2 (texto según la Comunicación "A" 2514), por los siguientes:

"1.2.2.7. Comprobar, antes del pago de un cheque (o de su registro), que corresponde cuaderno entregado para el giro de la cuenta y verificar la firma del librador con el alcance de ley.

Para el caso de cheques comprendidos en la operatoria de truncamiento, observar-en el aspecto-las pautas contenidas en los convenios formalizados entre las entidades".

"1.3.8.2. Cuando una entidad financiera se niegue a pagar un cheque-común o de pago diferido -antes de devolverlo deberá hacer constar esa negativa al dorso del mismo título o en añadido relacionado, con expresa mención del motivo en que se funda, de la fecha y la hora de presentación, la denominación de la cuenta contra la cual se libró, del domicilio registrado en el banco girado cuan este no coincide con el inserto en el cuerpo del cheque, de los nombres y apellidos completos del/de Ios firmante/s del cheque y su /s respectivo/s domicilio/s real/es, debiendo ser suscripta esa circunstancia por persona autorizada bajo pena de responder la entidad por los perjuicios que origine.

Dicha constancia también deberá anotarse cuando el cheque sea devuelto por intermedio una cámara compensadora, en cuyo caso la fecha y la hora se referirán al momento en que h tenido lugar el rechazo por parte de la entidad girada".

  1. - Incorporar como punto 1.15 del Capitulo I de la Circular OPASI-2 (texto según Comunicación "A" 2514), el siguiente:

    "1.15. Truncamiento de cheques.

    1.15.1. A los...

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