Comunicación 2677/1998

Fecha de disposición07 Abril 1998
Fecha de publicación07 Abril 1998
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta28873

COMUNICACION "A" 2677 del 20/03/98 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION "A" 2677 (20/03/98). Ref.: Circular LISOL 1-183. OPRAC 1-421. Préstamos con garantía hipotecaria sobre la vivienda y prendarla sobre automotor. Adecuación de los manuales de originación y administración. B.O.: 07/04/98 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que esta Institución adoptó la siguiente resolución: "1. Sustituir en el Manual de Originación y Administración de prestamos hipotecarios (Anexo I a la Comunicación "A" 2563), los aspectos que en cada caso se indican: 1.1. Sección 1.: a) Destino del Préstamo inmobiliario. - Cuarto párrafo. (página 3): "En caso de refinanciación, el monto máximo será el saldo de capital del préstamo que se refinancia más los costos de refinanciación si los hubiera. En el caso de ser un monto mayor, será considerado como destino (g) o (h) según se trate", - Quinto párrafo. (página 3): "Pueden ser objeto de los Prestamos Inmobiliarios comprendidos en este manual aquello inmuebles que, teniendo como destino principal la vivienda, cuenten con un espacio comercial y/o profesional. Al determinar el valor de la tasación de dichas propiedades no se deberá considerar el valor comercial adicional, si es que lo tuviera, al valor correspondiente a la parte residencial utilizada como vivienda (una descripción detallada del procedimiento de tasación se encuentra en el Manual de Tasaciones)". b) Ingresos Computables de los Solicitantes: - Empleados en Relación de Dependencia - (página 4): "Sueldo y Sueldo Anual Complementario. Comisiones (promedio mensual de los últimos doce meses) Gratificaciones (promedio mensual de los últimos doce meses) Ingresos por rentas (promedio mensual de los últimos doce meses). Las entidades deberán comprobar el empleo de los Solicitantes durante el ultimo año que preceda a la solicitud hipotecaria". - Autónomos - (página 4) (Texto según Comunicación "A" 2645) - Ingresos que surjan de las Declaraciones Impositivas presentadas a la D.G.I. (promedio mensual del último año). Ingresos por rentas (promedio mensual del último año). Los solicitantes deberán presentar la documentación respaldatoria de los ingresos declarados de conformidad con las normas vigentes", - Sexto párrafo: - Es fundamental evaluar la perspectiva de continuidad de los ingresos computables de los solicitantes". c) Características del Patrimonio. (Primer párrafo) - (página 7): "A los efectos de evaluar el grado de solvencia de los Solicitantes, deberá considerarse no sólo la composición de su patrimonio, sino también las deudas declaradas y los compromisos de pago que de éstas se desprendan". d) Seguro de Vida. Inciso (d), apartado 1) (página 8): (d) Que esté emitido por: "1)...

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