Resolución Comunal Nº 5673161/GCABA/COMUNA10/13
Firmantes | Ferrari |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Comuna 10 |
Fecha de la disposición | 17 de Octubre de 2013 |
VISTO:
el Decreto 556/2010 y los Expedientes N° 2013-04759597 MGEYA y Expediente N°
5276923/2013 MGEYA y la RS 2013-05330909-Comuna 10
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita el procedimiento del Decreto 556/10
bajo el N° 10871/SIGAF/13, bajo el régimen de Gastos de Servicios Esenciales
Decreto 556/10, para la contratación de Servicio de Plantaciones en las vías públicas
de la Comuna 10;
Que, se llamó a Presentación se Ofertas para el día 11 de Octubre de 2012, a las 12
hs, al amparo de lo establecido en la normativa de aplicación, por un monto de Pesos
trescientos mil ($300.000.-);
Que se cursaron las invitaciones fehacientes, retirando el pliego técnico los siguientes
Proveedores, inscriptos en el RIUPP, Urbaser Argentina S.A. (CUIT N° 30-71185227-
8), Salvatori SA(CUIT-30-51270012-4), Casa Macchi SA (CUIT 30-6081250-1, Oscar
Alberto Ibarra CUIT 20-08011395-2),Héctor Hugo Devalle (CUIT 20-10462474-0 y
Adrián Martínez (CUIT 20-20000419-2)
Que el día 11 de Octubre de 2013 a las 12 hs, se elaboro el acta de apertura para el
cual enviaron ofertas las firmas Casa Macchi SA (CUIT 30-6081250-1), ($ 980.-),por
unidad de plantación, y Adrián Martínez (CUIT 20-20000419-2), $880 por unidad de
plantación) , habiéndose labrado el Acta de Apertura registrada bajo Procedimiento N°
10871/2013;
Que, en base a dicha Acta de fecha 11 de Octubre de 2013 la oferta presentada por la
firma Adrián Martínez (CUIT 20-20000419-2), por un monto por unidad de plantación
de Pesos ochocientos ochenta $ 880.- se ajusta a pliego y es la más conveniente a
estos efectos;
Que el gasto que genera la gestión que nos ocupa se imputa a la partida
presupuestaria correspondiente, con cargo al Ejercicio 2013;
Que, en consecuencia, de acuerdo al régimen especial contemplado en el Decreto
556/2010, se han cumplido las distintas etapas del proceso y en base a los
antecedentes reseñados, corresponde dictar el acto administrativo que resuelva en
definitiva el procedimiento que nos ocupa.
Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la normativa legal vigente,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL
RESUELVE
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