Resolución Comunal Nº 2914222/GCABA/COMUNA10/13

FirmantesFerrari
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorComuna 10
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2013

VISTO:

La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 754/08 y modificatorio Decreto N°

232/10 y el Expediente N° 2444803/2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto tramita la Contratación Directa N°

4606/SIGAF/13, bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido

en el artículo 38 de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08, para la

contratación de mantenimiento de espacios verdes en la Comuna 10;

Que , se llamó a Contratación Directa para el día 5 de Julio de 2013, a las 16 hs, al

amparo de lo establecido en la normativa de aplicación, por un monto estimado de

Pesos ciento cuatro mil novecientos noventa y nueve con 65/100 ($104.999,65);

Que se cursaron las invitaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la

Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08, y se publicó en la Cartelera

Oficial de la Comuna 10, y en su Gacetilla;

Que el día 5 de Julio de 2013 a las 16 hs, se elaboro el acta de apertura para el cual

enviaron ofertas las firmas Lic. Adrián Martínez (CUIT N°20-20000419-2) por un monto

de Pesos ciento setenta y ocho mil cuatro con 50/100($ 78.004,50), siendo el

mantenimiento aplicable a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre 2013.

Que, siendo la única oferta presentada por la firma Lic. Adrián Martínez por un monto

total de Pesos setenta y ocho mil cuatro con 50/100 ($ 78.004,50) se ajusta a pliego ,

al amparo de lo establecido en el artículo 108 de la Ley N° 2.095;

Que el gasto que genera la gestión que nos ocupa se imputa a la partida

presupuestaria correspondiente, con cargo al Ejercicio 2013;

Que, en consecuencia, de acuerdo al régimen especial contemplado en el artículo 3

del Anexo I del Decreto 754/2008 reglamentario de la Ley N° 2095, aprobada por

Decreto N° 754/08, habiéndose cumplido las distintas etapas del proceso y en base a

los antecedentes reseñados, corresponde dictar el acto administrativo que resuelva en

definitiva el procedimiento que nos ocupa.

Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley N° 2.095, su

Decreto Reglamentario N° 754/08 y modificatorio Decreto N° 232/10,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL

RESUELVE

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