Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 17 de Mayo de 2017, expediente FRO 011000948/2008/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civ/Int Rosario, 17 de mayo de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente Nº FRO 11000948/2008, caratulado “Comuna de C. c/ Ferrocarriles Argentinos y/o Estado Nacional Argentino s/ Ejecución Fiscal – Varios” (originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de Rosario), para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs. 214/215, contra la Resolución del 22/02/2017, obrante a fs. 210, por considerar elevados los honorarios regulados en la misma.

Y Considerando:

  1. ) Mediante la referida resolución, se regularon los honorarios profesionales de los Dres. F.G., N.E.M. y Jacqueline F.

    Solina, en la suma de $ 34.900.- en forma conjunta, por su labor en la segunda etapa de la presente causa y en la suma de $ 15.500, también en forma conjunta, por el incidente resuelto a fs. 166.

  2. ) A fin de resolver el recurso interpuesto, se evalúa la labor desarrollada en primera instancia por los profesionales intervinientes por la parte actora, las pautas establecidas por art. el art. 40 de la ley arancelaria y los términos del Acuerdo Plenario del 18/10/83 en orden a la división en etapas del juicio ejecutivo, lo dispuesto en materia de incidentes por el art. 33, así como los honorarios regulados a los mencionados profesionales luego de su labor en la primera etapa, conforme consta en la Resolución Nº 279/09 obrante a fs. 45.

    Conforme a ello, se concluye que la regulación recurrida excede los porcentajes previstos en las normas precedentemente citadas para esta segunda etapa, por lo que corresponde admitir la apelación deducida y fijar los honorarios profesionales de los Dres. F.G., N.E.M. y J.F.S., en la suma de $ 24.800.- en forma conjunta, por su labor en ella y en la suma de $ 8.300.-, también en forma conjunta, por el incidente resuelto a fs. 166.-

    En mérito de lo expuesto, SE Fecha de firma: 17/05/2017 Alta en sistema: 19/05/2017 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de...

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