Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 11 de Febrero de 2016, expediente CAF 006134/2013/CA002

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III Causa 6134/2013 “COMPAÑIA DE TRANSPORTE PAZ HNOS SA (TF 28048-I)-BLSG c/ DGI”

Buenos Aires, 11 de febrero de 2016.- EA Y VISTOS:

Estos autos, para decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por la actora a fs. 769 y mantenido a fs. 773/789 –cuyo traslado fue contestado a fs. 794/797– contra el pronunciamiento dictado a fs. 763/765, y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Fiscal de la Nación rechazó el beneficio de litigar sin gastos solicitado por la actora, en los términos del artículo 82 del CPCC. Sustentó su postura, en que las medidas probatorias producidas resultaron insuficientes a los fines de demostrar los extremos invocados como configurativos de la carencia de recursos de la apelante o de su imposibilidad de obtenerlos.

    Puntualmente, tomó en consideración la prueba pericial contable realizada en autos, por considerar que no existían argumentos para apartarse de las conclusiones arribadas por la Sala C de dicho tribunal respecto de las otras medidas analizadas en el pronunciamiento de fecha 16 de agosto de 2012. En tal sentido, observó que los expertos han señalado que la actora ha tenido utilidades en los ejercicios peritados y subrayó los ingresos informados por el perito de la demandada, en particular, el correspondiente al ejercicio de 2013.

    Por lo demás, sostuvo que, sin perjuicio de las manifestaciones del perito propuesto por la actora respecto de su imposibilidad de acceder al mercado crediticio, tal circunstancia no es encontraba fehacientemente acreditada en autos.

    Fecha de firma: 11/02/2016 Firmado por: J.E.A.C.M.G.S.G.F., Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #11210401#146684765#20160212081732164 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III Causa 6134/2013 “COMPAÑIA DE TRANSPORTE PAZ HNOS SA (TF 28048-I)-BLSG c/ DGI”

  2. Que, la recurrente se agravia por entender que el tribunal a quo, se habría limitado a tomar en cuenta el monto de la tasa de Actuación, sin considerar en forma efectivas la incidencia de los restantes gastos causídicos. Asimismo, estima que la sentencia recurrida resulta lesiva de su derecho de defensa y que este exigía que el beneficio requerido fuera evaluado con un criterio amplio. Por lo demás, también se agravia respecto del modo en que fueron valoradas las pruebas producidas en autos.

    Sostiene que carece de recursos para afrontar los gastos casuísticos, en tal sentido, alega que carece de bienes en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, así como de reservas patrimoniales y que las utilidades de algunos ejercicios de los últimos años no alcanzan para enjugar las pérdidas de otros, por lo que, considerando el valor de amortización de sus bienes, debería concluirse que sus ingresos sólo alcanzan para atender a las erogaciones del giro comercial, el pago de sueldos, jornales, aportes previsionales y cargas fiscales.

    En tal sentido, recuerda que en la pericia contable el experto Decara ha demostrado la carencia de recursos de su parte, así como la imposibilidad de obtenerlos, por lo que afrontar las costas del juicio –tomando en consideración las sumas allí

    calculadas– podría sumir a la empresa en un virtual estado de liquidación o cierre directo de la sociedad. Es por ello que entiende que la sentencia...

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