Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 23 de Mayo de 2019, expediente CCF 004159/2005/CA002

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 4159/2005/CA2 “C.N.O.P. c/Banco Hipotecario Nacional y otro s/resolución de contrato”.

Juzgado 11. Secretaría 22.

Buenos Aires, 23 de mayo de 2019.

VISTO: para resolver respecto de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a fs. 779/792, contra la resolución de fs. 776/778, cuyo traslado fue contestado oportunamente, y CONSIDERANDO:

  1. Mediante el pronunciamiento recurrido el Tribunal confirmó el de primera instancia y aprobó la liquidación en concepto de astreintes, y rechazó el pedido de levantamiento de dicha multa.

    Contra tal decisorio, el Estado Nacional-Ministerio de Hacienda interpuso recurso extraordinario fundado en la arbitrariedad de la sentencia y la violación de garantías constitucionales.

  2. En primer lugar, cabe destacar que la resolución que confirma la aplicación de las astreintes a la demandada no constituye la sentencia definitiva de la causa, sino un decisorio posterior enderezado a hacer cumplir la condena impuesta, sin que la recurrente demuestre que aquella se aparte del ámbito de la cosa juzgada.

    S. de lo expuesto, que el remedio federal intentado resulta inadmisible pues -como principio- las resoluciones posteriores al fallo final, que tienen por objeto promover su cumplimiento, son ajenas a la vía excepcional prevista en el art. 14, ley 48, no concurriendo en el subexamen el supuesto de indebido apartamiento de los términos del fallo que puso fin a la controversia. Se impone precisar además, que la problemática discutida se desenvuelve estrictamente en el plano de la tramitación procesal del pleito, cuya dirección y resolución -por su naturaleza no federal- es propia de los jueces de la causa.

    Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 24/05/2019 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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