Colegio de Corredores Publicos

COLEGIO DE CORREDORES PÚBLICOS INMOBILIARIOS DE MENDOZA - Mendoza, 14 de marzo de 2013. Resolución C.D. N° 03/2013. Visto: Que se han verificado los legajos de matriculados, en los que la garantía real o personal (fianza) prevista en el artículo 32 de la Ley 20266 modificada por ley 25.028, exigible conforme lo dispuesto por el art. 2 de la Ley 7372, se encuentra vencida, y no han concurrido ante el Colegio a proceder a la reposición inmediata de la garantía, no obstante habérsele requerido en distintas oportunidades, lo que configura una violación al art. 16 de la Ley 7372, y su reforma, Ley 7622: Considerando: Que resulta necesario disponer medidas tendientes a regularizar la situación de los matriculados que se encuentran con garantías vencidas, ya que el citado requisito es indispensable para obtener y mantener la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR