Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 6 de Marzo de 2023, expediente CIV 031742/2021/CA001

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

31742/2021

COHAN, A.J. c/ DUKELSKY, BERNARDO Y

OTRO s/CANCELACION DE HIPOTECA

Buenos Aires, de marzo de 2023.- AC

AUTOS Y VISTOS:

I) En atención al mérito, valor y complejidad de las tareas desarrolladas,

etapas cumplidas y proporcionalidad que deben guardar los emolumentos de los auxiliares de la justicia con los de los profesionales del derecho; de conformidad con lo prescripto por los arts. 10, 16, 19, 20,21, 29 y cc. de la Ley 27423, por resultar ajustados a derecho,

se confirman los honorarios regulados con fecha 08.06.2022 (v aquí) a favor del Dr.

F.J.I..

II) De conformidad con lo dispuesto en el Anexo C: Anexo III, del Decreto 1467/2011, reglamentario de la Ley 26589, con la modificación establecida en el Decreto 2536/2015 Anexo 1, art. 2, inc. H), por resultar reducida, se eleva la retribución de la mediadora Dra. P.d.C.S.Z. a la suma de $31.000 (20 UHOM).

N. en los términos de las acordadas 31/11 y 38/13 de la CSJN. P. y, oportunamente, devuélvase. -

Fecha de firma: 06/03/2023

Alta en sistema: 07/03/2023

Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

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