En contra del Código Civil, una jueza de Rosario reconoció la triple filiación de una niña de tres años

Triple filiación en Rosario

A pesar de que el Código Civil y Comercial argentino (CCyC) establece que "ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación", la jueza de Familia de los Tribunales Provinciales de Rosario Valeria Vittori dispuso que una menor de edad tenga tres vínculos filiales . Así, la niña pasara a tener tres apellidos : el de su madre, el de su padre biológico y el de su padre socioafectivo. En la resolución de la magistrada, se estableció que se deberá confeccionar una nueva acta de nacimiento, además de un nuevo documento nacional de identidad que deje asentada la triple filiación.

La información fue difundida por los medios La Capital y Cadena 3 , donde se precisó que la resolución de Vittori se dio en el marco de un planteo realizado por el padre biológico de la niña. El sujeto, según trascendió, se enteró de que era el progenitor después del nacimiento de la menor mediante un examen de ADN.

De acuerdo a la reconstrucción de fuentes judiciales, el origen del reclamo se dio debido a que la madre había iniciado otra relación poco tiempo después de haberse separado del padre biológico de la niña. "Un hombre promueve una demanda de reconocimiento de la filiación en contra de quien la reconoció, la inscribió y, además, cumplió el rol de padre" , repasó la magistrada Vittori en declaraciones radiales.

"Se presenta y dice: ‘Él no es el padre, soy yo’", contó la jueza y siguió: "Además de pretender que sea desplazado quien reconoció a la niña, el hombre pretende que se suprima su apellido. La demanda va contra la madre también".

La pretensión del hombre fue resistida no solo por la madre de la menor, sino también por quien ocupó el rol paterno. "En los hechos él considera que fue quien ejerció el rol paterno, por ende se niega a ser desplazado como padre y que se quite el apellido", continuó la jueza. "La particularidad del caso es que la norma 558 del CCyC no permite que una persona pueda tener más de dos vínculos filiales", remarcó Vittori.

Y continuó: "Si yo tuviera que aplicar esa norma, tendría que decir no al biológico o al socioafectivo y sí a la madre porque no se discute. Yo no hago eso: yo analizo la causa a la luz del principio rector del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR