Sentencia de SALA 1, 18 de Noviembre de 2013, expediente CFP 016952/2008/CA002

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2013
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 16952/2008/CA2 Sala I c. n° 48.632 “……… y otros s/

archivo”

Juz. 10 - Sec. 20 E.. 16952/08 Reg. nro. 1461 Buenos Aires, 18 de noviembre de 2013.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 317/318 por el Representante del Ministerio Público Fiscal contra el decisorio que obra a fs. 316 en cuanto dispone el archivo de las presentes actuaciones.

  2. La causa tuvo inicio con fecha 12 de diciembre de 2008, a raíz de una manifestación de aproximadamente cien personas frente al INTA, quienes reclamaban la reincorporación de un compañero despedido.

    Según surge de las declaraciones vertidas por los preventores, algunos de estas personas habrían ejercido presión sobre la puerta de vidrio de entrada, la que finalmente cedió y estalló, lesionando de esta manera, al Subcomisario ….. -de la Comisaría n° 3-

    como así también al encargado de seguridad ……… - Seguridad Inteligente SA-.

  3. El Juez de grado, dispuso la orden de paradero de ………. y el consecuente archivo, hasta tanto sea habido el nombrado, porque considera fundamental su descargo para que aporte mayores detalles sobre cómo acontecieron los hechos y el rol que tuvo cada uno de los imputados en los sucesos.

  4. Se agravia el F. de la resolución que suspende el trámite, porque considera que deben citarse a indagatoria a los imputados -……..-.

    Asimismo, sugiere que para lograr la comparecencia del testigo en cuestión, habría que requerir a la AFIP informe en relación al empleador y domicilio que el nombrado registra ante dicho organismo.

  5. Los Dres. J.L.B. y E.F.:

    Cabe destacar, y tal como lo señalara la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal a fs. 256/261, que la declaración del testigo …….. resulta fundamental para el avance de la pesquisa, inclusive para el caso de continuar con la línea investigativa en orden al posible delito de instigación por parte de …...

    En efecto, su descargo resulta necesario para poder clarificar qué acción típica realmente llevaron cabo los aquí

    imputados.

    La Fiscalía parece no cuestionar la importancia de dicho descargo, sólo disiente en el “archivo” de la causa y considera que debe proseguirse la investigación en orden a la recepción de las declaraciones indagatorias de los imputados -…….y …….-. N. al respecto, que -más allá de que tal demanda es una medida discrecional del magistrado...

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