Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 24 de Octubre de 2023, expediente CAF 012113/2021/CA002
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
12113/2021 CLK SA (TF 36588-I) c/ DIRECCION GENERAL
IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO
EXTERNO
Buenos Aires, de octubre de 2023.- ESS
AUTOS Y VISTOS:
Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios fijados a fs. 142/142vta.; y, con fundamento en pautas análogas a las enunciadas y considerando, además, el resultado del recurso, SE
FIJAN los emolumentos de la dirección letrada y representación fiscal, por las tareas cumplidas en la alzada (cfr. réplica de fs.118
127vta., examinados por esta Sala en la resolución de fs. 130/137),
en conjunto, en la suma de tres mil novecientos pesos -$3.900-.
Finalmente, teniendo presente la calidad y eficacia de la tarea profesional desempeñada en el acuse de la caducidad del recurso extraordinario presentado por su contraparte, que fue declarada con costas a fs. 138/139, SE ESTABLECEN sus emolumentos, en conjunto, en la suma de mil trescientos sesenta pesos -$1.360- (arts.
6, 7, 9, 14, 33, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores).
H. saber que, en caso de que el profesional beneficiario acredite -en la instancia anterior- su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá
adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 316:1533; 322:523; 329:1834, entre otros).
A los fines previstos en el art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional se deja constancia de que suscriben la presente dos vocales por encontrarse vacante el tercer cargo.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
SERGIO GUSTAVO FERNÁNDEZ CARLOS MANUEL GRECCO
Fecha de firma: 24/10/2023
Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA
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